El Real Decreto 1055/2022, de 27 de diciembre, de envases y residuos de envases, establece el marco legal para la gestión sostenible de envases en España, buscando minimizar su impacto ambiental a lo largo de todo su ciclo de vida y fomentar la economía circular. Este decreto amplía la Responsabilidad Ampliada del Productor (RAP) a los envases comerciales e industriales, exigiendo a los productores que se hagan cargo de la gestión de los residuos generados por sus envases. El artículo 18 de este real decreto se centra en los planes empresariales de prevención y ecodiseño, una herramienta clave para reducir el impacto ambiental de los envases desde su origen.
Planes de prevención y ecodiseño de envases según el RD 1055/2022
¿Qué son los planes empresariales de prevención y ecodiseño?
El artículo 18 del RD 1055/2022 obliga a ciertos productores de productos envasados a implementar planes empresariales de prevención y ecodiseño con carácter quinquenal. Estos planes tienen como finalidad reducir el uso de recursos no renovables y aumentar el uso de materiales reciclados, así como la reciclabilidad de sus productos.
Estos planes deben ser elaborados tanto para envases domésticos, como para comerciales e industriales. Su contenido se detalla en el propio artículo 18 del Real Decreto 1055/2022, y su objetivo es que los envases se diseñen de manera que, a lo largo de todo su ciclo de vida, se reduzca su impacto ambiental y la generación de residuos.
Las medidas de diseño adoptadas no deben comprometer las funciones esenciales del envase, ni los niveles de seguridad e higiene necesarios para el producto envasado y el consumidor.
¿Quiénes están obligados a aplicar estos planes según el RD 1055/2022?
Están obligados a aplicar un plan empresarial de prevención y ecodiseño con carácter quinquenal, los productores de productos que, a lo largo de un año natural, introduzcan en el mercado una cantidad de envases igual o superior a las siguientes cantidades:
- 250 toneladas, si se trata exclusivamente de vidrio.
- 50 toneladas, si se trata exclusivamente de acero.
- 30 toneladas, si se trata exclusivamente de aluminio.
- 20 toneladas, si se trata exclusivamente de plástico, excluidos los plásticos compostables.
- 15 toneladas, si se trata exclusivamente de envases de madera.
- 10 toneladas, si se trata exclusivamente de envases compuestos.
- 300 toneladas, si se trata de varios materiales y cada uno de ellos no supera, de forma individual, las anteriores cantidades.
Los productores de producto tendrán que aplicar estos planes a partir del año siguiente en el que superen estos umbrales. El cálculo de estos umbrales computa por la totalidad de envases puestos en el mercado, independientemente de su destino (doméstico, comercial o industrial) y de su grado de agrupación (primario, secundario o terciario).
¿Cómo se cumple con la RAP a través de un SIRAP o SCRAP?
El Real Decreto 1055/2022 establece que los productores de envases deben cumplir con la Responsabilidad Ampliada del Productor (RAP) a través de:
- Sistema Colectivo (SCRAP): Adherirse a un Sistema Colectivo de Responsabilidad Ampliada del Productor. ECOEMBES (Ecoembalajes España) es el principal SCRAP de envases domésticos no de vidrio. Para envases comerciales e industriales, un SCRAP de referencia multisectorial es GENCI (Gestión de Envases Comerciales e Industriales). GENCI es un sistema multisectorial y multienvase, en el que tienen cabida empresas de todos los sectores y todos los envases empleados en el ámbito profesional. Otros SCRAPs incluyen Implica.
- Sistema Individual (SIRAP): Implementar un Sistema Individual de Responsabilidad Ampliada del Productor. El SIRAP otorga a las empresas mayor autonomía, trazabilidad y capacidad de innovación, pero requiere un nivel más alto de compromiso, recursos y seguimiento técnico.
Diferencias clave entre SIRAP y SCRAP
| Característica | SIRAP (Sistema Individual)
Comentarios
0Aún no hay comentarios. Sé el primero en comentar.
Inicia sesión para dejar un comentario.