Impuesto al plástico: Guía completa del IEPNPR y obligaciones

El Impuesto Especial sobre Envases de Plástico No Reutilizables (IEPNPR), conocido popularmente como "impuesto al plástico", es un tributo indirecto que grava la utilización de envases no reutilizables que contienen plástico en el territorio español. Este impuesto, que entró en vigor el 1 de enero de 2023, se encuentra enmarcado dentro de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular[1]. Su principal objetivo es desincentivar el uso de plásticos de un solo uso, impulsar la economía circular y disminuir la generación de residuos plásticos.

¿Qué es el IEPNPR?

El IEPNPR es un tributo de naturaleza indirecta que se aplica a la utilización, en territorio español, de envases no reutilizables que contengan plástico, independientemente de si se presentan vacíos o si contienen, protegen, manipulan, distribuyen o presentan mercancías. Se considera que los envases son no reutilizables cuando no han sido concebidos, diseñados y comercializados para realizar múltiples circuitos o rotaciones a lo largo de su ciclo de vida, o para ser rellenados o reutilizados con el mismo fin para el que fueron diseñados.

El concepto de "plástico" se define según el artículo 3.5 del Reglamento (CE) nº 1907/2006, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de diciembre de 2006 (REACH).

Marco Normativo del Impuesto al Plástico

El impuesto está regulado en el Capítulo I del Título VII de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular (artículos 67 a 83). También son de aplicación su disposición transitoria décima, disposición final cuarta y disposición final décimo tercera.

Asimismo, es relevante el Real Decreto 1055/2022, de 27 de diciembre, de envases y residuos de envases[2], que define el concepto de envase. Este real decreto transpone la Directiva 94/62/CE relativa a los envases y residuos de envases. El Real Decreto 1055/2022 tiene como objetivo establecer el régimen jurídico aplicable a los envases y residuos de envases con el fin de prevenir y reducir su impacto en el medio ambiente a lo largo de todo su ciclo de vida.

A nivel europeo, el Reglamento (UE) 2024/2705[3] (PPWR) sobre envases y residuos de envases, que entró en vigor el 12 de agosto de 2026, establece medidas para reducir los residuos, fomentar la reutilización y potenciar la reciclabilidad de los envases. Este reglamento sustituye a las Directivas existentes y busca que todos los envases comercializados en la UE sean reciclables para 2030. El PPWR también prohíbe los envases de plástico de un solo uso para frutas y verduras frescas de menos de 1,5 kg, los envases miniatura en hoteles y los formatos de un solo uso en cafeterías y restaurantes.

¿A quién afecta el impuesto al plástico?

El IEPNPR afecta a los siguientes agentes:

  • Fabricantes: Aquellos que fabrican envases de plástico no reutilizables en España. El código CNAE (Clasificación Nacional de Actividades Económicas) para la fabricación de envases y embalajes de plástico es el 2222.
  • Importadores: Quienes introducen en España envases de plástico no reutilizables procedentes de otros países.
  • Adquirentes intracomunitarios: Quienes adquieren en otro Estado miembro de la Unión Europea envases de plástico no reutilizables y los introducen en España.

El impuesto se aplica en todo el territorio español, incluyendo las Islas Baleares, Islas Canarias, Ceuta y Melilla.

Hecho Imponible y Exenciones al IEPNPR

Constituye el hecho imponible del impuesto la fabricación, importación o adquisición intracomunitaria de envases no reutilizables que contengan plástico.

No están sujetos al impuesto:

  • Las importaciones o adquisiciones intracomunitarias de envases con menos de 5 kg de plástico no reciclado al mes.
  • Los productos fabricados para exportar fuera de España.
  • Pinturas, lacas, tintas y adhesivos para productos que tributan el impuesto en cuestión.
  • Envases destinados a medicamentos, productos sanitarios, alimentos para usos médicos especiales, preparados para lactantes de uso hospitalario o residuos peligrosos de origen sanitario.
  • Productos que contengan plástico que no se vayan a destinar a permitir el cierre, la comercialización o la presentación de envases objeto del impuesto.

Base Imponible y Tipo Impositivo

La base imponible del impuesto es la cantidad de plástico no reciclado, expresada en kilogramos, que contienen los productos objeto del impuesto. El tipo impositivo es de 0,45 euros por kilogramo de plástico no reciclado.

Un mayor porcentaje de contenido reciclado correctamente acreditado influye directamente a la hora de determinar la base imponible y, por tanto, la cuota resultante.

Obligaciones Formales y Plazos del IEPNPR

Los contribuyentes del IEPNPR están sujetos a una serie de obligaciones formales:

  1. Inscripción en el Registro territorial del Impuesto Especial sobre los Envases de Plástico No Reutilizables: Tanto fabricantes como adquirentes intracomunitarios deben inscribirse en este registro.
  2. Llevar una contabilidad de los productos objeto del impuesto: Los fabricantes deben llevar una contabilidad de los productos objeto del impuesto, conforme al formato electrónico que figura en el anexo V de la Orden HFP/1314/2022, de 28 de diciembre.
  3. Presentación del Modelo 592: Los adquirentes intracomunitarios deben presentar el modelo 592 de autoliquidación del impuesto. La presentación es trimestral, dentro de los 20 primeros días naturales de los meses de abril, julio, octubre y enero. No obstante, si la liquidación del IVA es mensual, la periodicidad del modelo 592 también será mensual.
  4. Certificación de la cantidad de plástico reciclado: La cantidad de plástico reciclado debe ser certificada por una entidad acreditada por la norma UNE-EN 15343:2008.
  5. Repercusión del impuesto en factura: En la factura de venta, el fabricante debe especificar el importe del impuesto, los kilogramos de plástico no reciclado y si resulta de aplicación algún supuesto especial de exención.
  6. Conservar justificantes: Los importadores deben llevar un libro registro de existencias y conservar los certificados.
  7. Presentación de la Declaración Anual de Envases: Presentación de la Declaración Anual de Envases, antes del 31 de marzo de cada año ante el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

Infracciones y Sanciones por Incumplimiento

El incumplimiento de las obligaciones derivadas del IEPNPR puede acarrear diversas sanciones:

  • La falta de inscripción en el Registro territorial del Impuesto Especial sobre los Envases de Plástico No Reutilizables: multa pecuniaria fija de 1.000 euros.
  • La falta de nombramiento de un representante por los contribuyentes no establecidos en territorio español: sanción pecuniaria fija de 1.000 euros.
  • La falsa o incorrecta certificación de la cantidad de plástico reciclado: multa pecuniaria proporcional del 50% del importe de las cuotas del impuesto que se hayan dejado de ingresar, con un mínimo de 1.000 euros.
  • Aplicar exenciones al impuesto de forma incorrecta.

Sistemas Colectivos de Responsabilidad Ampliada del Productor (SCRAP)

Los SCRAP son entidades que ayudan a las empresas a cumplir con la Responsabilidad Ampliada del Productor (RAP) en la gestión de residuos de envases. La RAP es un principio ambiental que asigna a los productores la responsabilidad financiera y organizativa de los residuos generados por sus productos al final de su vida útil.

En España, los productores de envases deben cumplir con las obligaciones de RAP a través de un SCRAP o mediante un Sistema Individual de Responsabilidad Ampliada del Productor (SIRAP).

Algunos de los SCRAP que operan en España son:

  • ECOEMBES (Ecoembalajes España): Gestiona los envases domésticos de plástico, metal, brik, papel y cartón. En 2024, gestionó el reciclaje de 1.560.404 toneladas de envases domésticos.
  • Ecovidrio: Responsable de la gestión de envases de vidrio.
  • GENCI (Gestión de Envases Comerciales e Industriales): Gestiona los envases comerciales e industriales. Es un SCRAP multisectorial que da respuesta a todo tipo de envases comerciales e industriales, sin importar su naturaleza, formato, material o vida útil. GENCI no tiene cuota de adhesión, las empresas pagan solo por los envases que introducen en el mercado español.
  • Envalora: Se centra en envases comerciales e industriales.
  • Procircular: Opera en los tres tipos de envases: domésticos, comerciales e industriales.
  • Cartón Circular: Solo opera en envases industriales.
  • Implica: SCRAP para envases industriales y comerciales.

Las empresas deben adherirse al SCRAP que corresponda al tipo de envase que ponen en el mercado y al material de ese envase.

SCRAP Tipo de Envase
Ecoembes Domésticos (plástico, metal, brik, papel)
Ecovidrio Domésticos (vidrio)
GENCI Comerciales e Industriales (multisectorial)
Envalora Comerciales e Industriales
Procircular Domésticos, Comerciales e Industriales
Cartón Circular Industriales
Implica Industriales y Comerciales

¿Cómo Adherirse a GENCI?

Adherirse a GENCI es un proceso sencillo que se puede realizar digitalmente en pocos pasos:

  1. Iniciar el proceso de adhesión desde su plataforma.
  2. Completar el contrato con los datos de la empresa (razón social, CIF, etc.).
  3. Firmar el contrato y enviarlo para recibir los datos de acceso como adherido.

GENCI ofrece asesoramiento para la inscripción en el Registro de Productores de Producto (RPP) y facilita la gestión de residuos de envases industriales y comerciales.

Ejemplos Prácticos de Aplicación del IEPNPR

  • Productos sujetos al impuesto: Aplicadores de productos cosméticos, bandejas para alimentos, blísteres, cajas, estuches, bolsas de plástico, bobinas retráctiles, cápsulas para máquinas distribuidoras de bebidas, carretes de hilo de coser o de pescar, envases monodosis, envolturas para caramelos, láminas para la protección de pantallas, macetas destinadas a utilizarse únicamente para la venta y el transporte, cinta y film de embalaje.
  • Productos no sujetos al impuesto: Ambientadores que se eliminan con el producto usado, bolígrafos, bolsas de basura, cápsulas de café que se eliminan con el café usado, cubiertos desechables.
  • Ejemplo: Una cápsula de café no se considera envase si se consume conjuntamente con el café.

Implicaciones del Impuesto para Diferentes Sectores Industriales

El IEPNPR impacta de manera diferente a los distintos sectores industriales, dependiendo del uso que hagan de envases de plástico no reutilizables:

  • Sector alimentario: Las empresas de alimentación que utilizan bandejas, films y otros envases de plástico para sus productos se ven directamente afectadas por el impuesto.
  • Sector cosmético: Los fabricantes de cosméticos que utilizan envases de plástico no reutilizables para sus productos también están sujetos al impuesto.
  • Sector industrial: Las empresas que utilizan envases de plástico para el transporte y almacenamiento de sus productos también se ven afectadas.
  • Sector de la distribución: Los supermercados y otros establecimientos que utilizan bolsas de plástico de un solo uso para sus clientes también están sujetos al impuesto.

El sector de la alimentación es uno de los más afectados. Por ejemplo, una empresa que envasa fruta fresca en bandejas de plástico no reciclado deberá pagar 0,45€ por cada kilogramo de plástico no reciclado que contengan esas bandejas. Si la empresa decide utilizar bandejas de plástico reciclado, o de otro material como cartón, se ahorrará el impuesto.

Impacto y Perspectivas Futuras del IEPNPR

El IEPNPR busca reducir el volumen de residuos plásticos producidos en España, disminuyendo el uso del plástico de un solo uso en las empresas. Se estima que cada año se generan 2,6 millones de toneladas de residuos plásticos en España, y el objetivo de la ley es reducir en un 20% las botellas de un solo uso generadas en el año 2030 respecto a la cantidad generada en 2022.

En 2024, se reciclaron 1.560.404 toneladas de envases domésticos de plástico, metal, brik, madera, papel y cartón en España, lo que supone un 5,4% más que en 2023.

El nuevo Reglamento Europeo de Envases (PPWR) establecerá objetivos obligatorios para los envases reutilizables, reducirá el uso de envases de un solo uso y mejorará la trazabilidad y transparencia de los envases. El PPWR busca impulsar la economía circular, reduciendo el volumen de residuos de envases, promoviendo el uso de materiales reciclados y eliminando sustancias peligrosas en envases.

Es posible que en el futuro se produzcan modificaciones legislativas para adaptar el impuesto a la normativa europea o para mejorar su eficacia. También es posible que se amplíe el ámbito de aplicación del impuesto a otros productos de plástico.

Impacto Económico del Impuesto

El IEPNPR tiene como objetivo principal desincentivar el uso de envases de plástico no reutilizables. Se espera que este impuesto incentive a las empresas a utilizar materiales más sostenibles y a reducir la cantidad de plástico en sus envases. Los ingresos recaudados a través de este impuesto se destinan a financiar políticas de gestión de residuos y a promover la economía circular.

Según datos del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, la recaudación del IEPNPR en 2024 ascendió a 724 millones de euros. Estos fondos se han destinado a proyectos de mejora de la gestión de residuos, al desarrollo de sistemas de recogida selectiva y a campañas de sensibilización ciudadana sobre la importancia de la reducción y el reciclaje de plásticos.

Sin embargo, algunas voces críticas señalan que el impuesto podría restar competitividad a las empresas españolas y repercutir en la economía de los consumidores.

Preguntas Frecuentes (FAQ) sobre el IEPNPR

  • ¿Quién paga el impuesto al plástico? El impuesto al plástico lo pagan los fabricantes, importadores o adquirentes intracomunitarios de envases de plástico no reutilizables.
  • ¿Qué productos están sujetos al IEPNPR? Están sujetos al impuesto los envases no reutilizables que contengan plástico, los productos plásticos semielaborados destinados a la obtención de envases y los productos que contengan plástico destinados a permitir el cierre, la comercialización o la presentación de envases no reutilizables.
  • ¿Cómo se calcula el impuesto? El impuesto se calcula aplicando un tipo impositivo de 0,45 euros por kilogramo de plástico no reciclado contenido en los productos objeto del impuesto.
  • ¿Qué es la Declaración Anual de Envases? Es una declaración que deben presentar los contribuyentes del IEPNPR antes del 31 de marzo de cada año ante el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
  • ¿Qué papel juegan los SCRAP en este impuesto? Los SCRAP ayudan a las empresas a cumplir con la Responsabilidad Ampliada del Productor en la gestión de residuos de envases.
  • ¿Qué ocurre si una empresa no cumple con el impuesto? El incumplimiento de las obligaciones derivadas del IEPNPR puede

Referencias

  1. [1] Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular — https://www.boe.es/buscar/pdf/2022/BOE-A-2022-5809-consolidado.pdf
  2. [2] Real Decreto 1055/2022, de 27 de diciembre, de envases y residuos de envases — https://www.boe.es/buscar/pdf/2022/BOE-A-2022-22690-consolidado.pdf
  3. [3] Reglamento (UE) 2024/2705 — https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32024R2705

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