La hostelería en España se encuentra en un punto de inflexión en la gestión de residuos de envases, impulsado por la legislación nacional y europea. Se estima que un restaurante en España genera, de media, 745 kg de residuos de comida al año. El Real Decreto 1055/2022 y el Reglamento de Envases y Residuos de Envases (PPWR) exigen un mayor compromiso con la sostenibilidad y la economía circular. A partir del 12 de agosto de 2026, el Reglamento (UE) 2025/40 entrará en aplicación, afectando de lleno al sector HORECA. Este artículo te ofrece una guía completa para navegar por estas nuevas exigencias.
Hostelería y envases: Guía para cumplir la normativa de residuos
¿Qué es el RD 1055/2022 y cómo afecta a la hostelería?
El Real Decreto 1055/2022, de 27 de diciembre, establece el régimen jurídico aplicable a los envases y residuos de envases en España. Su objetivo primordial es prevenir y reducir su impacto en el medio ambiente a lo largo de todo su ciclo de vida. Este real decreto transpone la normativa europea a la legislación española y afecta directamente al sector de la hostelería.
La Ley 7/2022 obliga a los establecimientos de hostelería y restauración a ofrecer siempre a los consumidores, clientes o usuarios de sus servicios, la posibilidad de consumir agua no envasada de forma gratuita y complementaria a la oferta del establecimiento.
Este Real Decreto promueve que los envases de productos incluyan símbolos y marcas para informar y guiar a los consumidores sobre la correcta gestión de residuos. Además, obliga a inscribirse en el Registro de Productores de Producto (RPP) en la sección de envases y a presentar la declaración anual de envases ante el MITECO a todas las empresas que introducen envases industriales o comerciales en el mercado español, con independencia de su tamaño.
¿Qué es el PPWR y cómo impactará en el sector HORECA?
El Reglamento de Envases y Residuos de Envases (PPWR) es una propuesta de la Comisión Europea que busca armonizar las normas sobre envases y residuos de envases en toda la Unión Europea. Entró en vigor el 11 de febrero de 2025, con las primeras medidas aplicables a partir de agosto de 2026. Se espera que sustituya progresivamente a la directiva vigente desde los años noventa.
El PPWR afectará de lleno al sector HORECA (hoteles, restaurantes, cafeterías) y obligará a restaurantes, bares, cafeterías y servicios de comida para llevar a revisar formatos, procesos y oferta al cliente. El objetivo del reglamento es claro: reducir el uso de envases de un solo uso, impulsar la reutilización y mejorar la trazabilidad y el reciclaje, especialmente en sectores intensivos en generación de residuos como la hostelería y el take away.
Algunas de las medidas que contempla el PPWR son:
- Prohibición de envases de plástico de un solo uso para alimentos y bebidas que se consuman dentro del local.
- Obligación de ofrecer alternativas reutilizables en el take away.
- Establecimiento de objetivos obligatorios de reutilización para envases de bebidas.
- Mejora de la información proporcionada a los consumidores a través del etiquetado de los envases.
Ejemplos concretos de adaptación a las nuevas regulaciones en hostelería
Para adaptarse a las nuevas regulaciones, la hostelería puede implementar diversas estrategias:
- Ofrecer agua no envasada: Cumplir con la Ley 7/2022 ofreciendo agua del grifo gratuita como alternativa al agua embotellada.
- Reducir el uso de plásticos de un solo uso: Eliminar pajitas, cubiertos y envases de plástico, sustituyéndolos por alternativas biodegradables o reutilizables.
- Fomentar el uso de envases reutilizables: Ofrecer descuentos o incentivos a los clientes que utilicen sus propios vasos y envases.
- Optimizar la gestión de residuos: Implementar sistemas de separación en origen y colaborar con gestores de residuos especializados.
- Informar y sensibilizar: Capacitar al personal en prácticas de gestión de residuos y comunicar a los clientes las acciones sostenibles del establecimiento.
Algunos ejemplos prácticos incluyen:
- Utilizar envases reutilizables para salsas y condimentos en lugar de monodosis.
- Ofrecer sistemas de recarga para productos de higiene en hoteles, eliminando los pequeños envases individuales.
- Implementar programas de compostaje para restos de comida.
Obligaciones de marcado y etiquetado según el RD 1055/2022
El artículo 13 del RD 1055/2022 establece las obligaciones de marcado de los envases. Desde el 1 de enero de 2025, los envases comercializados en España deben incluir:
- Fracción o contenedor donde depositar los residuos de envases domésticos: Indicar el contenedor en el que deben depositarse los residuos. Si el envase está compuesto por materiales separables, se debe especificar el contenedor correspondiente para cada uno.
- Símbolo del Sistema de Depósito, Devolución y Retorno (SDDR): Si el envase es reutilizable, debe mostrar el símbolo asociado al SDDR. En caso de no cumplir con los objetivos de recogida selectiva de botellas de bebidas de plástico de menos de 3 litros, se establece la obligatoriedad de implementar un SDDR para asegurar su correcta gestión.
- Certificación de compostabilidad: Los envases de plástico compostable deben certificar su conformidad con la norma UNE EN 13432:2001.
- Material del que está compuesto el envase: Indicar el material del que está compuesto el envase. Los envases de plástico incluidos en la parte D del anexo IV de la Ley 7/2022 deben estar marcados según las especificaciones del Reglamento de Ejecución (UE) 2020/2151. Este reglamento establece normas sobre las especificaciones armonizadas del marcado de los productos de plástico de un solo uso.
- Visibilidad y legibilidad: El marcado debe ser visible y fácilmente legible.
Excepciones al Marcado
La nota interpretativa sobre requisitos de marcado de envases apunta varias excepciones respecto al marcado de envases:
- Productos envasados a petición del consumidor: La información podrá proporcionarse en el punto de venta y no directamente en el envase.
- Envases pequeños o con limitaciones técnicas: En casos como botellas serigrafiadas o troqueladas, se permite utilizar otras soluciones digitales, como códigos QR.
- Fechas de marcado: Se permite la comercialización de productos ya etiquetados antes del 1 de enero de 2025 durante un plazo máximo de 6 meses, en línea con el Reglamento Europeo 2024/1781 de Ecodiseño. No es necesario reetiquetar productos existentes si se demuestra su fabricación previa.
¿Quiénes son los SCRAP y qué papel juegan en la hostelería?
Los Sistemas Colectivos de Responsabilidad Ampliada del Productor (SCRAP) son organizaciones creadas y financiadas por las empresas para gestionar los residuos de sus productos. En el sector de la hostelería, los SCRAP juegan un papel fundamental en la gestión de los envases y residuos de envases.
Las empresas del sector HORECA deben adherirse a un SCRAP para cumplir con sus obligaciones en materia de gestión de residuos de envases. Los SCRAP se encargan de organizar la recogida selectiva, el transporte y el tratamiento de los residuos, garantizando su correcta valorización.
Algunos de los SCRAP que operan en España y que pueden ser relevantes para la hostelería son:
- ECOEMBES (Ecoembalajes España): Es el principal SCRAP de envases en España. Se encarga de la gestión de envases domésticos de plástico, metal, briks, papel y cartón.
- ECOVIDRIO: Es el SCRAP encargado de la gestión de envases de vidrio. Un 75% de los locales hosteleros en España reciclan vidrio de forma habitual.
- GENCI (Gestión de Envases Comerciales e Industriales): Es un SCRAP multisectorial que gestiona envases comerciales e industriales. GENCI se caracteriza por ser el único con experiencia real en la gestión del residuo de envase industrial y comercial, respetando la operativa existente y garantizando la recogida universal de este residuo. GENCI es un sistema abierto a todas las empresas afectadas por el Real Decreto 1055/2022.
- Otros SCRAP: Existen otros SCRAP especializados en diferentes tipos de residuos, como pilas, aparatos eléctricos y electrónicos, neumáticos, etc.
Es importante destacar que cada SCRAP tiene su propio sistema de tarifas, por lo que conviene comparar varias opciones antes de adherirse.
¿Cómo adherirse a un SCRAP y cuáles son los costes?
Para adherirse a un SCRAP, las empresas deben contactar directamente con el sistema colectivo de su elección. El proceso de adhesión generalmente implica completar un formulario de solicitud y proporcionar información sobre los tipos y cantidades de envases que se ponen en el mercado.
Los costes asociados a la adhesión a un SCRAP varían en función de diversos factores, como el tipo de envase, el peso de los envases puestos en el mercado y el sistema de tarifas de cada SCRAP. Algunos SCRAP cobran una cuota de adhesión inicial, mientras que otros solo cobran una contribución anual basada en la cantidad de envases gestionados.
A modo de ejemplo, IMPLICA tiene las siguientes tarifas de adhesión:
| Toneladas de envases | Cuota de adhesión |
|---|---|
| Menos de 1 | 250€ |
| 1 - 15 | 500€ |
| 16 - 50 | 750€ |
| Más de 50 | 1000€ |
Además de la cuota de adhesión, los SCRAP cobran una contribución por cada tipo de material de envase gestionado. Esta contribución se destina íntegramente a financiar el sistema colectivo de reciclaje y gestión de residuos.
Sanciones por incumplimiento
El incumplimiento de las obligaciones establecidas en el RD 1055/2022 y en el futuro PPWR puede acarrear sanciones económicas para los establecimientos de hostelería. Las sanciones varían en función de la gravedad de la infracción.
La Ley 7/2022 de Residuos y Economía Circular establece las siguientes sanciones:
| Tipo de infracción | Sanción |
|---|---|
| Infracciones leves | Multas de hasta 2.000 € |
| Infracciones graves | Multas de 2.001 € a 100.000 € |
| Infracciones muy graves | Multas de 100.001 € a 3.500.000 € |
Además de las sanciones económicas, las comunidades autónomas pueden abrir procedimientos sancionadores e incluso decretar la suspensión temporal de la actividad de la empresa.
Preguntas frecuentes (FAQ)
- ¿Qué se considera envase de servicio? Se consideran envases de servicio aquellos diseñados para ser llenados en el punto de venta y los artículos desechables diseñados y destinados al llenado en el punto de venta para suministrar el producto, y/o permitir o facilitar su consumo directo o utilización, tales como las bolsas proporcionadas a los consumidores para el transporte de la mercancía o como envase primario para alimentos a granel, las bandejas, platos, vasos, entre otros.
- ¿Qué empresas deben inscribirse en el Registro de Productores de Producto? Todas las empresas que envasan, importan o introducen por primera vez productos envasados en el mercado español están obligadas a inscribirse en el Registro de Productores de Producto. También se consideran Productores de Producto los comercios que usan envases de servicio y las plataformas de comercio electrónico.
- ¿Cómo puedo evitar sanciones por incumplimiento del RD 1055/2022? Para evitar sanciones, es fundamental cumplir con las obligaciones de inscripción en el Registro de Productores de Producto, adhesión a un SCRAP, declaración anual de envases y marcado de los envases.
- ¿Qué relación tiene el RD 1055/2022 con el nuevo Reglamento Europeo de Envases (UE) 2025/40? El Reglamento (UE) 2025/40, aprobado en diciembre de 2024, establece un marco europeo común más ambicioso en materia de envases y residuos de envases. Al tratarse de un reglamento, será directamente aplicable en todos los Estados miembros, lo que implicará la adaptación del marco normativo nacional, incluido el Real Decreto 1055/2022, para garantizar su coherencia.
- ¿Cuáles son los costes y beneficios de adherirse a diferentes SCRAPs? Los costes varían según el SCRAP, el tipo de envase y la cantidad gestionada. Los beneficios incluyen el cumplimiento de la ley, la optimización de la gestión de residuos y la contribución a la sostenibilidad.
- ¿Qué porcentajes de reciclaje se están alcanzando por tipo de material en la hostelería? Si bien los datos exactos varían, España está trabajando para alcanzar los objetivos de la UE de reciclar el 50% de los residuos de envases para 2025 y el 55% para 2030. El vidrio es uno de los materiales con mayor tasa de reciclaje en la hostelería.
- ¿Cómo declaro los envases ante el MITECO y cuáles son los plazos? La declaración anual de envases ante el MITECO debe realizarse a través del Registro de Productores de Producto. Los plazos suelen establecerse anualmente y es fundamental consultarlos en la web del MITECO.
Glosario de términos clave
- Adhesión: En el contexto de los SCRAP, se refiere al acto de unirse a un sistema colectivo para cumplir con las obligaciones de la RAP.
- Envase de servicio: Envases diseñados para ser llenados en el punto de venta.
- HORECA: Abreviatura de Hoteles, Restaurantes y Cafeterías.
- PPWR: Reglamento de Envases y Residuos de Envases (propuesta de la Comisión Europea).
- RAP: Responsabilidad Ampliada del Productor.
- RD 1055/2022: Real Decreto 1055/2022, de 27 de diciembre, de envases y residuos de envases.
- RPP: Registro de Productores de Producto.
- SCRAP: Sistema Colectivo de Responsabilidad Ampliada del Productor.
- SDDR: Sistema de Depósito, Devolución y Retorno.
Mejores prácticas en la gestión de residuos de envases para la hostelería
Además de cumplir con la legislación, la hostelería puede adoptar mejores prácticas para una gestión más eficiente y sostenible de los residuos de envases:
- Realizar auditorías de residuos: Identificar los tipos y cantidades de residuos generados para optimizar la gestión.
- **Establecer
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