El Real Decreto 1055/2022, de 27 de diciembre, regula los envases y los residuos de envases. El Anexo I de este real decreto establece una lista indicativa de criterios para determinar si un elemento debe considerarse un envase. Esta guía operativa tiene como objetivo facilitar la aplicación de este anexo, proporcionando ejemplos concretos y abordando casos límite que puedan generar dudas en su interpretación. Además, es fundamental conocer las obligaciones que tienen los productores de envases para cumplir con la normativa vigente y evitar posibles sanciones.
Residuos de envases: Guía para la aplicación del Anexo I del RD 1055/2022
¿Qué es el Anexo I del RD 1055/2022?
El Anexo I del RD 1055/2022 proporciona una lista no exhaustiva de criterios para ayudar a determinar si un producto debe ser considerado un envase a efectos de la legislación sobre residuos de envases. Esta lista es crucial para determinar las responsabilidades de los productores en el marco de la Ley 7/2022 de residuos y suelos contaminados para una economía circular. La correcta identificación es fundamental para asegurar el cumplimiento de las obligaciones en materia de SCRAP (Sistemas Colectivos de Responsabilidad Ampliada del Productor) y la gestión adecuada de los residuos de envases.
Criterios generales del Anexo I
El Anexo I establece que un artículo se considera envase si cumple las siguientes funciones:
- Constituir una unidad de venta.
- Estar diseñado para contener, proteger, manipular, distribuir y presentar mercancías.
- Ser un artículo "de usar y tirar" o no estar concebido para ser reutilizado con el mismo fin.
Excepciones y casos límite
El anexo también incluye una serie de excepciones y casos límite que requieren un análisis más detallado. Por ejemplo, los artículos que forman parte integrante de un producto y son necesarios para contenerlo durante su vida útil no se consideran envases.
Aplicación práctica del Anexo I: Ejemplos y casos límite
Para facilitar la aplicación del Anexo I, se presentan a continuación algunos ejemplos y casos límite comunes:
- Ejemplo 1: Botella de agua. Una botella de agua es claramente un envase, ya que cumple todas las funciones descritas en el Anexo I: contiene el agua, la protege, permite su manipulación y distribución, y se desecha una vez consumida el agua.
- Ejemplo 2: Cápsula de café. Las cápsulas de café se consideran envases, ya que contienen el café, lo protegen y se desechan después de su uso. Sin embargo, la clasificación puede ser más compleja dependiendo del material y el sistema de gestión del residuo.
- Caso límite 1: Maceta. Una maceta que se vende con una planta puede ser considerada envase si su función principal es contener y presentar la planta en el punto de venta. Sin embargo, si la maceta está diseñada para ser utilizada a largo plazo como recipiente para la planta, podría no considerarse un envase.
- Caso límite 2: Herramienta dentro de un estuche. Si una herramienta se vende dentro de un estuche diseñado específicamente para protegerla y transportarla, el estuche se considera un envase. Si el estuche está diseñado para ser utilizado a largo plazo para guardar la herramienta, podría no considerarse un envase.
- Ejemplo 3: Pallets. Los pallets se consideran generalmente envases de transporte, ya que facilitan la manipulación y el transporte de mercancías.
Tabla comparativa: Ejemplos de aplicación del Anexo I
| Producto | ¿Es envase? |
|---|---|
| Botella de agua | Sí |
| Cápsula de café | Sí |
| Maceta (vendida con planta) | Depende del diseño y uso previsto |
| Estuche de herramienta | Depende del diseño y uso previsto |
| Pallet | Sí, envase de transporte |
Obligaciones del productor de envases
El Real Decreto 1055/2022 establece una serie de obligaciones para los productores de envases, que son plenamente efectivas desde el 31 de diciembre de 2024. Estas obligaciones buscan mejorar la sostenibilidad de los envases y la gestión de sus residuos. Se considera que una empresa "pone envases en el mercado" cuando:
- Fabrica productos envasados en España.
- Importa productos envasados de fuera del país.
- Adquiere productos envasados en otro país de la UE para venderlos en España.
Las principales obligaciones de los productores de envases son:
- Inscripción en el Registro de Productores de Producto (RPP): Los productores deben inscribirse en el RPP, gestionado por el MITECO[1]. En el momento de la inscripción, se asignará un número de registro que deberá figurar en las facturas y cualquier otra documentación que acompañe a las transacciones comerciales de productos envasados.
- Adherirse a un SCRAP o implementar un Sistema Individual de Responsabilidad Ampliada del Productor (SIRAP): Los productores deben adherirse a un SCRAP o implementar un SIRAP para garantizar la correcta gestión de los residuos de envases. Algunos SCRAP de referencia son ECOEMBES[2] para envases domésticos y GENCI[3] para envases comerciales e industriales. GENCI[4] (Gestión de Envases Comerciales e Industriales) es un SCRAP multisectorial que ofrece soluciones para todo tipo de envases en el ámbito profesional.
- Declarar los envases puestos en el mercado y abonar la contribución correspondiente: Los productores deben declarar los envases que ponen en el mercado y abonar la contribución financiera correspondiente al SCRAP.
- Cumplir con las obligaciones de marcado y etiquetado de envases: Los envases deben indicar si son reutilizables y el símbolo asociado al sistema de depósito, devolución y retorno. Se prohíbe el marcado de los envases con las palabras "respetuoso con el medio ambiente" o cualquier otro equivalente que pueda inducir a su abandono en el entorno.
- Presentar un Plan Empresarial de Prevención y Ecodiseño (PEPE): Los productores que superen ciertos umbrales de puesta en el mercado están obligados a presentar un PEPE.
Es importante destacar que las Comunidades Autónomas pueden desarrollar disposiciones complementarias a esta normativa.
Estadísticas de residuos de envases en España
En España, la gestión de residuos de envases ha experimentado avances significativos en los últimos años. Según datos del MITECO[5], en 2023 se reciclaron 1.683.890 toneladas de envases domésticos de plástico, metal, brik, madera, papel y cartón, lo que supone un 3,5% más que en 2022.
- Reciclaje de envases plásticos: En 2023, la tasa de reciclado de envases plásticos alcanzó el 46,3%, superando el 41,2% del año anterior.
- ECOEMBES[6]: Según ECOEMBES[7], cada ciudadano español recicló una media de 39,9 kg de envases en 2023. La tasa de reciclaje calculada por ECOEMBES[8] siguiendo la nueva metodología de la UE es del 74,2%, superando los objetivos marcados para 2025.
A pesar de estos avances, es importante seguir trabajando para mejorar la gestión de residuos de envases en España y alcanzar los objetivos establecidos por la Unión Europea.
Metodologías de cálculo de las tasas de reciclaje
Es importante destacar que existen diferentes metodologías para el cálculo de las tasas de reciclaje, lo que puede llevar a variaciones en los datos presentados por diferentes organizaciones. El MITECO[9] y ECOEMBES[10] utilizan metodologías distintas, lo que influye en los resultados finales. La Unión Europea aprobó en 2019 un nuevo método para calcular el material reciclado, estableciendo que el punto de medición debe ser justo a la entrada de la operación industrial de transformación del residuo.
Sanciones por incumplimiento de la normativa
El incumplimiento de las obligaciones establecidas en el Real Decreto 1055/2022 puede acarrear sanciones económicas significativas para las empresas. Las infracciones están recogidas en el artículo 108.3 de la Ley 7/2022.
Las sanciones pueden ser:
- Infracciones leves: Multas de hasta 2.000 euros.
- Infracciones graves: Multas de entre 2.001 y 60.000 euros.
- Infracciones muy graves: Multas de entre 60.001 y 3.500.000 euros, especialmente en el caso de residuos peligrosos.
Además de las sanciones económicas, el incumplimiento de la normativa puede acarrear otras consecuencias, como la suspensión de la actividad empresarial o la clausura del establecimiento.
Preguntas frecuentes sobre el Anexo I y los envases
- ¿Qué ocurre si un producto tiene una doble función, como un recipiente que sirve tanto para contener el producto como para ser reutilizado? En estos casos, se debe analizar cuál es la función principal del producto. Si la función principal es contener y proteger el producto, se considerará un envase. Si la función principal es ser reutilizado, no se considerará un envase.
- ¿Cómo se clasifican los envases de servicio, como los vasos de café para llevar? Los envases de servicio se consideran envases, ya que están diseñados para contener y proteger el producto durante su transporte y consumo.
- ¿Qué papel juegan los SCRAP en el cumplimiento de la normativa? Los SCRAP facilitan el cumplimiento de la normativa por parte de los productores, ya que se encargan de la gestión de los residuos de envases en su nombre. Al adherirse a un SCRAP, los productores pueden cumplir con sus obligaciones de Responsabilidad Ampliada del Productor (RAP) de forma eficiente y rentable.
- ¿Qué empresas están obligadas a presentar el Plan Empresarial de Prevención y Ecodiseño (PEPE)? Están obligados a presentar un PEPE los productores que superen ciertos umbrales de puesta en el mercado de envases. Estos umbrales varían según el material del envase:
- 250 toneladas, si se trata exclusivamente de vidrio.
- 50 toneladas, si se trata exclusivamente de acero.
- 30 toneladas, si se trata exclusivamente de aluminio.
- 20 toneladas, si se trata exclusivamente de plástico.
- 20 toneladas, si se trata exclusivamente de madera.
- 15 toneladas, si se trata exclusivamente de cartón o materiales compuestos.
- 300 toneladas, si se trata de varios materiales y cada uno de ellos no supera, de forma individual, las anteriores cantidades.
- ¿Qué debe incluir el Plan Empresarial de Prevención y Ecodiseño (PEPE)? El PEPE debe incluir:
- Un resumen del grado de consecución de objetivos de los planes anteriores.
- Los nuevos objetivos de prevención cuantificados.
- Las medidas previstas para alcanzarlos.
- Los mecanismos de control para comprobar su cumplimiento, diferenciados por envases primarios, secundarios y terciarios.
Marcado y etiquetado de envases: Información obligatoria
El Real Decreto 1055/2022 establece obligaciones específicas en cuanto al marcado y etiquetado de envases. Los envases deben indicar si son reutilizables y el símbolo asociado al sistema de depósito, devolución y retorno, conforme a lo establecido en los artículos 46.8 y 47.7 del real decreto. Además, se prohíbe el marcado de los envases con las palabras "respetuoso con el medio ambiente" o cualquier otro equivalente que pueda inducir a su abandono en el entorno.
Para mejorar la transparencia y facilitar la toma de decisiones informadas por parte de los consumidores, los envases podrán ir marcados con el porcentaje de material del envase, incluidos sus componentes, disponible para un reciclado de calidad, siempre que se cumplan los criterios de la definición del artículo 2 del Real Decreto 1055/2022.
Es fundamental que los envases y etiquetas comuniquen información clara sobre el uso, transporte y disposición del producto, siguiendo los estándares internacionales. Los símbolos en los envases indican peligrosidad y deben seguir sistemas de clasificación armonizados globalmente.
Algunos símbolos comunes en el embalaje incluyen:
- Símbolo de reciclaje: Indica que el envase es reciclable.
- Punto Verde: Indica que el productor del envase contribuye financieramente a un sistema de gestión de residuos de envases.
- Manos sujetando una caja: Indica que el embalaje debe manipularse con cuidado.
- Este lado arriba: Indica la posición correcta del embalaje.
- No utilizar cúter: Indica que no se debe utilizar un cúter para abrir la caja.
GENCI: Tu aliado para la gestión de envases comerciales e industriales
Para las empresas que manejan envases comerciales e industriales, GENCI[11] se presenta como un SCRAP de referencia. GENCI[12] ofrece una solución integral para la gestión de estos residuos, adaptándose a las necesidades específicas de cada sector. Además, GENCI[13] no tiene cuota de adhesión y sus tarifas están orientadas a sufragar las obligaciones definidas por el RD 1055/2022.
Para el año 2026, GENCI[14] ha establecido tarifas diferenciadas entre envases industriales y comerciales, fijadas por material en €/t. Para los GRG (Grandes Recipientes a Granel), se ha establecido una tarifa distinta en función de los materiales que lo componen. Puedes calcular tu tarifa de envases para 2026 utilizando la calculadora disponible en su sitio web.
Fuentes
- Real Decreto 1055/2022, de 27 de diciembre, de envases y residuos de envases[15]
- [Ministerio para la Transición Ecológica y el# Residuos de envases: Guía para la aplicación del Anexo I del RD 1055/2022 META: Todo lo que necesita saber sobre el Anexo I del RD 1055/2022 y las obligaciones de los productores de envases. Ejemplos prácticos, casos límite y cómo cumplir la normativa.
El Real Decreto 1055/2022, de 27 de diciembre, regula los envases y los residuos de envases. El Anexo I de este real decreto establece una lista indicativa de criterios para determinar si un elemento debe considerarse un envase. Esta guía operativa tiene como objetivo facilitar la aplicación de este anexo, proporcionando ejemplos concretos y abordando casos límite que puedan generar dudas en su interpretación. Además, es fundamental conocer las obligaciones que tienen los productores de envases para cumplir con la normativa vigente y evitar posibles sanciones.
¿Qué es el Anexo I del RD 1055/2022?
El Anexo I del RD 1055/2022 proporciona una lista no exhaustiva de criterios para ayudar a determinar si un producto debe ser considerado un envase a efectos de la legislación sobre residuos de envases. Esta lista es crucial para determinar las responsabilidades de los productores en el marco de la Ley 7/2022 de residuos y suelos contaminados para una economía circular. La correcta identificación es fundamental para asegurar el cumplimiento de las obligaciones en materia de SCRAP (Sistemas Colectivos de Responsabilidad Ampliada del Productor) y la gestión adecuada de los residuos de envases.
Criterios generales del Anexo I
El Anexo I establece que un artículo se considera envase si cumple las siguientes funciones:
- Constituir una unidad de venta.
- Estar diseñado para contener, proteger, manipular, distribuir y presentar mercancías.
- Ser un artículo "de usar y tirar" o no estar concebido para ser reutilizado con el mismo fin.
Excepciones y casos límite
El anexo también incluye una serie de excepciones y casos límite que requieren un análisis más detallado. Por ejemplo, los artículos que forman parte integrante de un producto y son necesarios para contenerlo durante su vida útil no se consideran envases.
Aplicación práctica del Anexo I: Ejemplos y casos límite
Para facilitar la aplicación del Anexo I, se presentan a continuación algunos ejemplos y casos límite comunes:
- Ejemplo 1: Botella de agua. Una botella de agua es claramente un envase, ya que cumple todas las funciones descritas en el Anexo I: contiene el agua, la protege, permite su manipulación y distribución, y se desecha una vez consumida el agua.
- Ejemplo 2: Cápsula de café. Las cápsulas de café se consideran envases, ya que contienen el café, lo protegen y se desechan después de su uso. Sin embargo, la clasificación puede ser más compleja dependiendo del material y el sistema de gestión del residuo.
- Caso límite 1: Maceta. Una maceta que se vende con una planta puede ser considerada envase si su función principal es contener y presentar la planta en el punto de venta. Sin embargo, si la maceta está diseñada para ser utilizada a largo plazo como recipiente para la planta, podría no considerarse un envase.
- Caso límite 2: Herramienta dentro de un estuche. Si una herramienta se vende dentro de un estuche diseñado específicamente para protegerla y transportarla, el estuche se considera un envase. Si el estuche está diseñado para ser utilizado a largo plazo para guardar la herramienta, podría no considerarse un envase.
- Ejemplo 3: Pallets. Los pallets se consideran generalmente envases de transporte, ya que facilitan la manipulación y el transporte de mercancías.
Tabla comparativa: Ejemplos de aplicación del Anexo I
| Producto | ¿Es envase? |
|---|---|
| Botella de agua | Sí |
| Cápsula de café | Sí |
| Maceta (vendida con planta) | Depende del diseño y uso previsto |
| Estuche de herramienta | Depende del diseño y uso previsto |
| Pallet | Sí, envase de transporte |
Obligaciones del productor de envases
El Real Decreto 1055/2022 establece una serie de obligaciones para los productores de envases, que son plenamente efectivas desde el 31 de diciembre de 2024. Estas obligaciones buscan mejorar la sostenibilidad de los envases y la gestión de sus residuos. Se considera que una empresa "pone envases en el mercado" cuando:
- Fabrica productos envasados en España.
- Importa productos envasados de fuera del país.
- Adquiere productos envasados en otro país de la UE para venderlos en España.
Las principales obligaciones de los productores de envases son:
- Inscripción en el Registro de Productores de Producto (RPP): Los productores deben inscribirse en el RPP, gestionado por el MITECO[16]. En el momento de la inscripción, se asignará un número de registro que deberá figurar en las facturas y cualquier otra documentación que acompañe a las transacciones comerciales de productos envasados.
- Adherirse a un SCRAP o implementar un Sistema Individual de Responsabilidad Ampliada del Productor (SIRAP): Los productores deben adherirse a un SCRAP o implementar un SIRAP para garantizar la correcta gestión de los residuos de envases. Algunos SCRAP de referencia son ECOEMBES[17] para envases domésticos y GENCI[18] para envases comerciales e industriales. GENCI[19] (Gestión de Envases Comerciales e Industriales) es un SCRAP multisectorial que ofrece soluciones para todo tipo de envases en el ámbito profesional.
- Declarar los envases puestos en el mercado y abonar la contribución correspondiente: Los productores deben declarar los envases que ponen en el mercado y abonar la contribución financiera correspondiente al SCRAP.
- Cumplir con las obligaciones de marcado y etiquetado de envases: Los envases deben indicar si son reutilizables y el símbolo asociado al sistema de depósito, devolución y retorno. Se prohíbe el marcado de los envases con las palabras "respetuoso con el medio ambiente" o cualquier otro equivalente que pueda inducir a su abandono en el entorno.
- Presentar un Plan Empresarial de Prevención y Ecodiseño (PEPE): Los productores que superen ciertos umbrales de puesta en el mercado están obligados a presentar un PEPE.
Es importante destacar que las Comunidades Autónomas pueden desarrollar disposiciones complementarias a esta normativa.
Estadísticas de residuos de envases en España
En España, la gestión de residuos de envases ha experimentado avances significativos en los últimos años. Según datos del MITECO[20], en 2023 se reciclaron 1.683.890 toneladas de envases domésticos de plástico, metal, brik, madera, papel y cartón, lo que supone un 3,5% más que en 2022.
- Reciclaje de envases plásticos: En 2023, la tasa de reciclado de envases plásticos alcanzó el 46,3%, superando el 41,2% del año anterior.
- ECOEMBES[21]: Según ECOEMBES[22], cada ciudadano español recicló una media de 39,9 kg de envases en 2023. La tasa de reciclaje calculada por ECOEMBES[23] siguiendo la nueva metodología de la UE es del 74,2%, superando los objetivos marcados para 2025.
A pesar de estos avances, es importante seguir trabajando para mejorar la gestión de residuos de envases en España y alcanzar los objetivos establecidos por la Unión Europea.
Metodologías de cálculo de las tasas de reciclaje
Es importante destacar que existen diferentes metodologías para el cálculo de las tasas de reciclaje, lo que puede llevar a variaciones en los datos presentados por diferentes organizaciones. El MITECO[24] y ECOEMBES[25] utilizan metodologías distintas, lo que influye en los resultados finales. La Unión Europea aprobó en 2019 un nuevo método para calcular el material reciclado, estableciendo que el punto de medición debe ser justo a la entrada de la operación industrial de transformación del residuo.
Sanciones por incumplimiento de la normativa
El incumplimiento de las obligaciones establecidas en el Real Decreto 1055/2022 puede acarrear sanciones económicas significativas para las empresas. Las infracciones están recogidas en el artículo 108.3 de la Ley 7/2022.
Las sanciones pueden ser:
- Infracciones leves: Multas de hasta 2.000 euros.
- Infracciones graves: Multas de entre 2.001 y 60.000 euros.
- Infracciones muy graves: Multas de entre 60.001 y 3.500.000 euros, especialmente en el caso de residuos peligrosos.
Además de las sanciones económicas, el incumplimiento de la normativa puede acarrear otras consecuencias, como la suspensión de la actividad empresarial o la clausura del establecimiento.
Preguntas frecuentes sobre el Anexo I y los envases
- ¿Qué ocurre si un producto tiene una doble función, como un recipiente que sirve tanto para contener el producto como para ser reutilizado? En estos casos, se debe analizar cuál es la función principal del producto. Si la función principal es contener y proteger el producto, se considerará un envase. Si la función principal es ser reutilizado, no se considerará un envase.
- ¿Cómo se clasifican los envases de servicio, como los vasos de café para llevar? Los envases de servicio se consideran envases, ya que están diseñados para contener y proteger el producto durante su transporte y consumo.
- ¿Qué papel juegan los SCRAP en el cumplimiento de la normativa? Los SCRAP facilitan el cumplimiento de la normativa por parte de los productores, ya que se encargan de la gestión de los residuos de envases en su nombre. Al adherirse a un SCRAP, los productores pueden cumplir con sus obligaciones de Responsabilidad Ampliada del Productor (RAP) de forma eficiente y rentable.
- ¿Qué empresas están obligadas a presentar el Plan Empresarial de Prevención y Ecodiseño (PEPE)? Están obligados a presentar un PEPE los productores que superen ciertos umbrales de puesta en el mercado de envases. Estos umbrales varían según el material del envase:
- 250 toneladas, si se trata exclusivamente de vidrio.
- 50 toneladas, si se trata exclusivamente de acero.
- 30 toneladas, si se trata exclusivamente de aluminio.
- 20 toneladas, si se trata exclusivamente de plástico.
- 20 toneladas, si se trata exclusivamente de madera.
- 15 toneladas, si se trata exclusivamente de cartón o materiales compuestos.
- 300 toneladas, si se trata de varios materiales y cada uno de ellos no supera, de forma individual, las anteriores cantidades.
- ¿Qué debe incluir el Plan Empresarial de Prevención y Ecodiseño (PEPE)? El PEPE debe incluir:
- Un resumen del grado de consecución de objetivos de los planes anteriores.
- Los nuevos objetivos de prevención cuantificados.
- Las medidas previstas para alcanzarlos.
- Los mecanismos de control para comprobar su cumplimiento, diferenciados por envases primarios, secundarios y terciarios.
Marcado y etiquetado de envases: Información obligatoria
El Real Decreto 1055/2022 establece obligaciones específicas en cuanto al marcado y etiquetado de envases. Los envases deben indicar si son reutilizables y el símbolo asociado al sistema de depósito, devolución y retorno, conforme a lo establecido en los artículos 46.8 y 47.7 del real decreto. Además, se prohíbe el marcado de los envases con las palabras "respetuoso con el medio ambiente" o cualquier otro equivalente que pueda inducir a su abandono en el entorno.
Para mejorar la transparencia y facilitar la toma de decisiones informadas por parte de los consumidores, los envases podrán ir marcados con el porcentaje de material del envase, incluidos sus componentes, disponible para un reciclado de calidad, siempre que se cumplan los criterios de la definición del artículo 2 del Real Decreto 1055/2022.
Es fundamental que los envases y etiquetas comuniquen información clara sobre el uso, transporte y disposición del producto, siguiendo los estándares internacionales. Los símbolos en los envases indican peligrosidad y deben seguir sistemas de clasificación armonizados globalmente.
Algunos símbolos comunes en el embalaje incluyen:
- Símbolo de reciclaje: Indica que el envase es reciclable.
- Punto Verde: Indica que el productor del envase contribuye financieramente a un sistema de gestión de residuos de envases.
- Manos sujetando una caja: Indica que el embalaje debe manipularse con cuidado.
- Este lado arriba: Indica la posición correcta del embalaje.
- No utilizar cúter: Indica que no se debe utilizar un cúter para abrir la caja.
GENCI: Tu aliado para la gestión de envases comerciales e industriales
Para las empresas que manejan envases comerciales e industriales, GENCI[26] se presenta como un SCRAP de referencia. GENCI[27] ofrece una solución integral para la gestión de estos residuos, adaptándose a las necesidades específicas de cada sector. Además, GENCI[28] no tiene cuota de adhesión y sus tarifas están orientadas a sufragar las obligaciones definidas por el RD 1055/2022.
Para el año 2026, GENCI[29] ha establecido tarifas diferenciadas entre envases industriales y comerciales, fijadas por material en €/t. Para los GRG (Grandes Recipientes a Granel), se ha establecido una tarifa distinta en función de los materiales que lo componen. Puedes calcular tu tarifa de envases para 2026 utilizando la calculadora disponible en su sitio web.
Fuentes
- Real Decreto 1055/2022, de 27 de diciembre, de envases y residuos de envases[30]
- [Ministerio para la Transición Ecológica y el
Referencias
- ↑ [1] MITECO — https://www.miteco.gob.es/
- ↑ [2] ECOEMBES — https://www.ecoembes.com/
- ↑ [3] GENCI — https://www.genci.es/
- ↑ [4] GENCI — https://www.genci.es/
- ↑ [5] MITECO — https://www.miteco.gob.es/
- ↑ [6] ECOEMBES — https://www.ecoembes.com/
- ↑ [7] ECOEMBES — https://www.ecoembes.com/
- ↑ [8] ECOEMBES — https://www.ecoembes.com/
- ↑ [9] MITECO — https://www.miteco.gob.es/
- ↑ [10] ECOEMBES — https://www.ecoembes.com/
- ↑ [11] GENCI — https://www.genci.es/
- ↑ [12] GENCI — https://www.genci.es/
- ↑ [13] GENCI — https://www.genci.es/
- ↑ [14] GENCI — https://www.genci.es/
- ↑ [15] Real Decreto 1055/2022, de 27 de diciembre, de envases y residuos de envases — https://www.boe.es/boe/dias/2022/12/28/pdfs/BOE-A-2022-22690.pdf
- ↑ [16] MITECO — https://www.miteco.gob.es/
- ↑ [17] ECOEMBES — https://www.ecoembes.com/
- ↑ [18] GENCI — https://www.genci.es/
- ↑ [19] GENCI — https://www.genci.es/
- ↑ [20] MITECO — https://www.miteco.gob.es/
- ↑ [21] ECOEMBES — https://www.ecoembes.com/
- ↑ [22] ECOEMBES — https://www.ecoembes.com/
- ↑ [23] ECOEMBES — https://www.ecoembes.com/
- ↑ [24] MITECO — https://www.miteco.gob.es/
- ↑ [25] ECOEMBES — https://www.ecoembes.com/
- ↑ [26] GENCI — https://www.genci.es/
- ↑ [27] GENCI — https://www.genci.es/
- ↑ [28] GENCI — https://www.genci.es/
- ↑ [29] GENCI — https://www.genci.es/
- ↑ [30] Real Decreto 1055/2022, de 27 de diciembre, de envases y residuos de envases — https://www.boe.es/boe/dias/2022/12/28/pdfs/BOE-A-2022-22690.pdf
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