La correcta identificación de los materiales de los envases y su adecuado destino al final de su vida útil es crucial para el fomento de la economía circular y la protección del medio ambiente. En España, la legislación vigente establece una serie de requisitos sobre los símbolos que deben o pueden aparecer en los envases, con el objetivo de informar a los consumidores y facilitar la gestión de residuos. A partir de enero de 2025, se ha intensificado la obligatoriedad de indicar claramente en los envases el contenedor adecuado para su depósito.
Símbolos en envases: Guía completa sobre la normativa española
¿Qué símbolos son obligatorios en los envases en España?
La normativa española, principalmente la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular y el Real Decreto 1055/2022, de 27 de diciembre, de envases y residuos de envases, establece la obligatoriedad de incluir cierta información en los envases para facilitar su correcta gestión como residuos.
A partir del 1 de enero de 2025, es obligatorio indicar de forma clara en los envases domésticos el contenedor adecuado donde desechar el residuo. Esta obligación se dirige a fabricantes, envasadores, importadores y distribuidores.
- Identificación del material: Los envases deben incluir símbolos y códigos de identificación de los materiales que los componen. Esto permite una mejor clasificación y reciclaje de los materiales.
- Indicación del contenedor: Los envases deben indicar el contenedor en el que deben depositarse. Si el envase está compuesto por materiales separables, debe especificarse el contenedor correspondiente para cada uno.
- Envases reutilizables: Los envases reutilizables deben mostrar el símbolo del sistema de depósito, devolución y retorno (SDDR).
- Envases compostables: Los envases de plástico compostable deben certificar su conformidad con la norma UNE EN 13432:2001.
Los SCRAP (Sistemas Colectivos de Responsabilidad Ampliada del Productor) han acordado un símbolo común, disponible en varios formatos y en todos los idiomas oficiales de España, para indicar el contenedor adecuado.
Símbolos por tipo de contenedor:
- Contenedor amarillo: Plástico, metal y briks.
- Contenedor azul: Papel y cartón.
- Contenedor verde: Vidrio.
- Contenedor marrón: Envases compostables (certificados UNE EN 13432:2001).
¿Qué símbolos están prohibidos en los envases?
Para evitar confusiones y malas prácticas, la normativa también prohíbe el uso de ciertos símbolos y mensajes en los envases.
- Mensajes engañosos: Se prohíben expresiones como "respetuoso con el medio ambiente" o similares que puedan inducir al abandono del envase en la naturaleza.
- Símbolos no oficiales: No se pueden crear iconos propios de reciclado que confundan al consumidor. Se deben usar símbolos gráficos oficiales, como los del Proyecto Circular Lab de Ecoembes en España o los de Citeo en Francia.
- Afirmaciones falsas: No se puede decir "100% reciclable" si solo una parte del envase lo es.
- Punto verde sin adhesión: No se puede usar el símbolo del punto verde si la empresa no está adherida a un sistema de responsabilidad ampliada (SCRAP) como Ecoembes.
- Flechas sin respaldo legal: Se prohíben los símbolos engañosos tipo flechas sin respaldo legal.
Sistemas Colectivos de Responsabilidad Ampliada del Productor (SCRAP)
Un SCRAP (Sistema Colectivo de Responsabilidad Ampliada del Productor) es una organización autorizada que ayuda a las empresas a cumplir con su obligación legal de gestionar los residuos de los envases que ponen en el mercado. Esta obligación afecta a cualquier empresa que fabrique, envase, importe o comercialice productos envasados en España.
El Real Decreto 1055/2022 establece dos vías para cumplir con la Responsabilidad Ampliada del Productor (RAP): adherirse a un SCRAP (sistema colectivo) o constituir un SIRAP (sistema individual). La mayoría de las empresas optan por el SCRAP por eficiencia operativa.
Tipos de SCRAP:
Los SCRAP se clasifican en tres categorías según el tipo de envase que gestionan:
- Domésticos: Gestionan los envases que llegan a los hogares (botellas de vidrio, briks, envases ligeros). Los principales son Ecovidrio (vidrio) y Ecoembes (papel, cartón, plástico, metal y madera).
- Comerciales: Gestionan los envases generados en comercios, restaurantes, hoteles y oficinas. Operan en este ámbito Ecoembes (envases comerciales multimaterial), Implica – CONFECOI, GENCI – SIGAUS y Recyenvases – Recyclia. Ecovidrio también gestiona el vidrio en el sector HORECA y otros establecimientos comerciales.
- Industriales: Gestionan los envases utilizados en el ámbito industrial. GENCI es un SCRAP de referencia para envases comerciales e industriales.
GENCI (Gestión de Envases Comerciales e Industriales) es un SCRAP autorizado para los envases de cualquier sector de actividad con experiencia en la gestión del residuo de envase industrial y comercial. GENCI gestiona todos los residuos de todos los envases de uso profesional, independientemente de su naturaleza, formato, material o vida útil.
Obligaciones de las empresas adheridas a un SCRAP:
- Financiación y pago de tarifas: El SCRAP se financia a través de las aportaciones de las empresas que comercializan los productos sujetos a la normativa. Cada empresa abona una tarifa en función de la cantidad y el tipo de envases que pone en el mercado.
- Declaración anual de envases: Las empresas deben declarar anualmente sus envases en el Registro de Productores de Producto. La declaración anual de envases debe presentarse antes del 31 de marzo de cada año.
- Inscripción en el Registro de Productores de Producto: Las empresas que envasan productos para su distribución nacional deben inscribirse en este registro.
- Incluir el número de registro en cada factura: Las facturas emitidas por los productores que estén relacionadas con los productos envasados deben contener el número de registro y la contribución correspondiente por los envases usados.
Consecuencias del incumplimiento de la normativa
El incumplimiento de la normativa sobre envases puede acarrear sanciones económicas considerables.
Las sanciones se clasifican en leves, graves y muy graves.
| Tipo de infracción | Sanciones para residuos no peligrosos | Sanciones para residuos peligrosos |
|---|---|---|
| Leves | Hasta 2.000 euros | Hasta 20.000 euros |
| Graves | 2.001 - 100.000 euros | 20.001 - 600.000 euros |
| Muy graves | 100.001 - 3.500.000 euros | 600.001 - 3.500.000 euros |
Es fundamental que las empresas conozcan y cumplan con la normativa vigente para evitar sanciones y contribuir a la protección del medio ambiente.
Fuentes
- Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular - BOE.es[1]
- Real Decreto 1055/2022, de 27 de diciembre, de envases y residuos de envases - BOE.es[2]
- Gestión de Envases Comerciales e Industriales | GENCI[3]
- SCRAP de envases: qué son, cómo funcionan y qué empresas los necesitan[4]
- Nueva normativa de logos de reciclado en envases - MarCoPack[5]
Referencias
- ↑ [1] Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular - BOE.es — https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2022-5809
- ↑ [2] Real Decreto 1055/2022, de 27 de diciembre, de envases y residuos de envases - BOE.es — https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2022-22690
- ↑ [3] Gestión de Envases Comerciales e Industriales | GENCI — https://www.genci.es/
- ↑ [4] SCRAP de envases: qué son, cómo funcionan y qué empresas los necesitan — https://www.recircular.es/blog/scrap-de-envases-que-son-como-funcionan-y-que-empresas-los-necesitan/
- ↑ [5] Nueva normativa de logos de reciclado en envases - MarCoPack — https://www.marcopack.com/blog/nueva-normativa-de-logos-de-reciclado-en-envases/
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