El sector de las bebidas se enfrenta a una transformación significativa en lo que respecta a los envases y la gestión de residuos. El Real Decreto 1055/2022 y el futuro Reglamento de Envases y Embalajes (PPWR) de la UE imponen nuevas exigencias de marcado y etiquetado que impactan a fabricantes, distribuidores y envasadores. ¿Estás listo para adaptarte a la normativa y evitar posibles sanciones? ¡Sigue leyendo para estar al tanto de todo y no te quedes atrás!
Envases y bebidas: nuevas exigencias de etiquetado en 2026
¿Qué es el RD 1055/2022 y cómo afecta al sector de bebidas?
El Real Decreto 1055/2022, de 27 de diciembre, es la normativa que regula los envases y residuos de envases en España, adaptando la legislación europea y estableciendo un marco para la gestión sostenible de los mismos. Este real decreto tiene un impacto directo en el sector de las bebidas, ya que obliga a los productores a cumplir con requisitos específicos de marcado y etiquetado para facilitar una correcta gestión de los residuos.
Desde enero de 2025, está en vigor el nuevo etiquetado ambiental de envases en España. Los envases comercializados deben incluir instrucciones claras de separación de residuos, identificación de envases reutilizables y compostables, y el marcado obligatorio de plásticos según el Reglamento (UE) 2020/2151.
Obligaciones concretas para el sector de bebidas según el RD 1055/2022
- Marcado de envases: Los envases deben indicar el contenedor adecuado para su depósito. En caso de estar compuestos por varios materiales separables, cada uno debe estar etiquetado.
- Envases reutilizables: Deben mostrar el símbolo del Sistema de Depósito, Devolución y Retorno (SDDR).
- Envases de plástico compostable: Deben incluir una certificación conforme a la norma UNE EN 13432:2001, que garantiza su compostabilidad bajo condiciones específicas. Esta norma europea establece los requisitos técnicos y científicos para que un envase sea reconocido como compostable, asegurando su degradación biológica segura en plantas de compostaje industrial. Para que un envase sea considerado compostable bajo esta norma, debe cumplir con criterios como:
- Tras doce semanas en condiciones de compostaje, el 90% del producto debe medir menos de 2x2 mm.
- Pérdida de visibilidad del residuo antes de 90 días.
- Pérdida del 90% de la masa antes de 180 días.
- Envases de un solo uso: Los envases de un solo uso indicados en el Anexo IV de la Ley 7/2022 (como vasos para bebidas) deben ir marcados según el Reglamento 2020/2151.
- Logotipo Re-Use: Los fabricantes de bebidas retornables deben imprimir el logotipo Re-Use en las cajas de botellas.
Además, es importante recordar que el RD 1055/2022 prohíbe el uso de términos como "respetuoso con el medio ambiente" en el etiquetado, para evitar confusiones y malas prácticas.
Recuerda que, si tu empresa utiliza envases comerciales o industriales, GENCI[1] (Gestión de Envases Comerciales e Industriales) es un SCRAP de referencia multisectorial que te ayudará a cumplir con tus obligaciones. ¡No dudes en contactarles!
El Reglamento de Envases y Embalajes (PPWR): el futuro del etiquetado
El Reglamento de Envases y Embalajes (PPWR) es la nueva normativa europea que busca armonizar las reglas y acelerar la transición hacia una economía circular. A diferencia de una directiva, el PPWR se aplicará directamente en todos los países de la UE sin necesidad de transposición nacional. El PPWR entró en vigor el 11 de febrero de 2025 y será de aplicación obligatoria a partir del 12 de agosto de 2026.
La economía circular es un modelo de producción y consumo que implica compartir, alquilar, reutilizar, reparar, renovar y reciclar materiales y productos existentes todas las veces que sea posible para crear un valor añadido. De esta forma, se extiende el ciclo de vida de los productos y se minimiza la generación de residuos.
Novedades del PPWR para el sector de bebidas
- Etiquetado armonizado: Todos los envases deberán incluir información armonizada sobre su composición, reciclabilidad y destino final, mediante pictogramas, códigos QR o una combinación de ambos. Se espera que el etiquetado armonizado sea obligatorio a partir del 12 de agosto de 2028.
- Identificadores digitales: Ciertos embalajes deberán llevar códigos QR o identificadores digitales similares vinculados a información medioambiental a partir de 2027. Estos códigos permitirán la trazabilidad digital del envase.
- Etiquetas armonizadas de la UE: Obligatorias a partir del 12 de agosto de 2028, todos los embalajes deben mostrar la composición del material, instrucciones de recogida y el estado de reciclabilidad o reutilización.
- Sistemas de depósito y retorno (SDDR): Se establecerán en 2029 en países donde no existan y no se hayan alcanzado ciertos requisitos de reciclaje para botellas y envases de bebidas de plástico y metal. En España, se aplicará a partir de noviembre de 2026 para determinados envases de bebidas. El SDDR es un sistema en el que los consumidores pagan un depósito al comprar bebidas en envases de plástico, latas o briks, que se reembolsa al devolver el envase vacío. La Asociación SDDR para España, impulsada por los principales actores del sector, busca recoger de manera selectiva y eficaz los 18.000 millones de unidades de envases de bebidas que se ponen cada año en el mercado español.
Plazos clave del PPWR
| Fecha | Hito | Fecha | Hito
Referencias
- ↑ [1] GENCI — https://www.genci.es/
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