Residuos de envases: obligaciones del comerciante y distribuidor (RD 1055/2022)

Este artículo responde a preguntas frecuentes sobre el artículo 30 del Real Decreto 1055/2022, de 27 de diciembre, de envases y residuos de envases. El objetivo es clarificar las obligaciones de los comerciantes y distribuidores de productos envasados en relación con la gestión de residuos, basándose en la legislación vigente y las interpretaciones del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO).

¿Qué obligaciones tienen los comerciantes y distribuidores según el artículo 30 del RD 1055/2022?

El artículo 30 del RD 1055/2022 establece las obligaciones para los comerciantes y distribuidores de productos envasados, tanto en venta presencial como a distancia:

  1. Comercializar productos envasados procedentes de productores que dispongan del número de identificación del productor del Registro de Productores de Productos. Este número debe figurar en las facturas y documentación comercial.
  2. Participar en los sistemas de depósito, devolución y retorno (SDDR) que se establezcan para los envases de un solo uso, en las condiciones que se definan en los acuerdos con los Sistemas de Responsabilidad Ampliada del Productor (SCRAP). Pueden supeditar la aceptación de los envases al cumplimiento de condiciones de conservación y limpieza establecidas por los SCRAP, siempre que estas condiciones sean proporcionadas y no desincentiven el retorno de los envases.
  3. Colaborar en la recogida separada de determinados residuos de envases, cuando así lo prevea el sistema de gestión organizado por el productor, o en el que participe.

Estas obligaciones también se aplican a las plataformas de comercio electrónico y comercios minoristas que efectúen ventas a distancia, quienes deben informar sobre los impactos ambientales y las obligaciones de gestión de los residuos de envases de los productos que se adquieran, en establecimientos con superficie mayor a 300m².

¿Qué son los SCRAP y cómo se relacionan con la recogida separada?

Los Sistemas Colectivos de Responsabilidad Ampliada del Productor (SCRAP) son entidades sin ánimo de lucro que facilitan la gestión de los residuos de envases, asegurando su correcta recogida y tratamiento. Permiten a los productores de envases cumplir con sus obligaciones legales sin necesidad de gestionar directamente los residuos. Al adherirse a un SCRAP, los productores delegan la responsabilidad del reciclaje y tratamiento de los envases en una entidad especializada.

En España, existen diferentes SCRAP en función de los sectores y del tipo de residuo o material, tanto especializados como multimateriales o multisectoriales. Algunos de los más relevantes son:

  • ECOEMBES (Ecoembalajes España): Responsable de la gestión de envases domésticos de papel, cartón, plástico, metal y madera.
  • ECOVIDRIO: Principal SCRAP autorizado para la recogida selectiva de envases de vidrio.
  • GENCI (Gestión de Envases Comerciales e Industriales): SCRAP de referencia multisectorial para envases comerciales e industriales. GENCI no tiene cuota de adhesión y sus tarifas están orientadas a sufragar las obligaciones definidas por el RD 1055/2022. GENCI coordina la puesta en marcha de sistemas individuales de responsabilidad ampliada del productor (RAP).
  • Otros SCRAP: Existen SCRAP específicos para aceites usados (SIGAUS), pilas (ERP España, Ecopilas), neumáticos (SIGNUS, TNU), residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (ECOTIC, Recyclia, Ecolec, Ecoasimelec, Ambilamp, Ecolum, Ecofimática), fitosanitarios (SIGFITO), fármacos (SIGRE), envases agrarios (SUNREPACK), plásticos agrícolas (Implica), textiles y otros flujos específicos. También existen SCRAP como Cartón Circular, Procircular, Ambienvases, Envalora, Ubica y Punto Greta.

Los SCRAP garantizan que las empresas productoras de residuos financien los costes asociados a la recogida, el transporte, el tratamiento y la valorización de los mismos, a través de una "tarifa verde". Los SCRAP colaboran en la recogida separada mediante la instalación de contenedores específicos, campañas de sensibilización y acuerdos con entidades locales.

¿Qué es el Registro de Productores de Productos y cómo afecta a los distribuidores?

El Registro de Productores de Productos es un registro gestionado por el MITECO en el que deben inscribirse los productores de productos envasados. El artículo 30 del RD 1055/2022 obliga a los comerciantes y distribuidores a comercializar productos envasados procedentes de productores que dispongan del número de identificación de este registro. Esto garantiza que los productores están cumpliendo con sus obligaciones en materia de responsabilidad ampliada.

La inscripción en la sección de envases del Registro de Productores de Productos se realiza a través de la [sede electrónica del MITECO]. El número de registro asignado debe figurar en las facturas. El MITECO o las comunidades autónomas pueden solicitar justificantes de registro y declaración en cualquier momento. El número de registro tiene el siguiente formato: SEC/AÑO REGISTRO/XXXXXXXXX, donde "SEC" puede ser "ENV", "NEU", "SFT" o "BOL", y "XXXXXXXXX" es un número de 9 dígitos.

Venta online y el artículo 30: ¿cómo se aplica?

En el caso de la venta online, las plataformas de comercio electrónico y los comercios minoristas que efectúan ventas a distancia también están sujetos a las obligaciones del artículo 30. Esto implica que deben:

  • Asegurarse de que los productores de los productos envasados que comercializan estén inscritos en el Registro de Productores de Productos.
  • Informar a los consumidores sobre los impactos ambientales y las obligaciones de gestión de los residuos de envases de los productos que adquieren. Esta información debe proporcionarse en un lugar destacado del medio empleado para la venta y en establecimientos con una superficie útil para la exposición y venta al público igual o superior a 300 metros cuadrados.

Además, las empresas de venta online que añaden un envase para realizar el envío del producto también son consideradas productores a efectos de la RAP.

Para cumplir con las obligaciones de información al consumidor en la venta online, los comerciantes pueden:

  • Incluir información sobre el reciclaje de los envases en la descripción de los productos. Por ejemplo, indicar los materiales de los que está hecho el envase y cómo reciclarlos correctamente.
  • Proporcionar enlaces a páginas web con información detallada sobre la gestión de residuos de envases.
  • Ofrecer incentivos a los clientes que devuelvan los envases para su reciclaje.
  • Optimizar los tamaños y formatos de los embalajes para evitar los paquetes sobredimensionados.
  • Utilizar materiales de embalaje sostenibles como papel y cartón.

¿Qué ocurre si un comerciante o distribuidor incumple las obligaciones del artículo 30?

El incumplimiento de las obligaciones establecidas en el RD 1055/2022 puede acarrear sanciones económicas. La Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, establece un régimen sancionador que endurece las multas por infracciones en materia de gestión de residuos.

Las sanciones se clasifican en leves, graves y muy graves:

  • Infracciones leves: Multas de hasta 2.000 euros (hasta 9.000 euros si se trata de residuos peligrosos).
  • Infracciones graves: Multas desde 2.001 hasta 45.000 euros (desde 9.001 hasta 300.000 euros si se trata de residuos peligrosos), e inhabilitación para el ejercicio de actividades relacionadas con la gestión de residuos por un período inferior a un año.
  • Infracciones muy graves: Multas desde 45.001 hasta 1.750.000 euros (desde 300.001 hasta 1.750.000 euros si se trata de residuos peligrosos), e inhabilitación para el ejercicio de actividades relacionadas con la gestión de residuos por un período de entre uno y diez años.

Además de las sanciones económicas, el incumplimiento puede acarrear otras consecuencias legales y dañar la reputación de la empresa.

¿Qué papel juegan las Comunidades Autónomas y los Ayuntamientos en la gestión de residuos de envases?

Si bien la legislación básica en materia de residuos es de ámbito estatal, las Comunidades Autónomas tienen competencias para desarrollar la normativa y establecer disposiciones complementarias. Los Ayuntamientos, a través de sus Ordenanzas Municipales, regulan la gestión de residuos y el régimen sancionador a nivel local.

Es importante tener en cuenta que las regulaciones específicas pueden variar según la Comunidad Autónoma y el Ayuntamiento. Por lo tanto, es fundamental que los comerciantes y distribuidores consulten la normativa vigente en su ámbito territorial. Cataluña, País Vasco y Navarra son las comunidades autónomas más avanzadas en la recogida separada de residuos.

Algunos ejemplos de regulaciones específicas a nivel autonómico son:

  • La Agència de Residus de Catalunya (ARC), que evalúa los resultados del modelo de recogida puerta a puerta en los municipios catalanes.
  • El Plan de Gestión de Envases y Residuos de Envases (2025 - 2032) de la Comunidad de Madrid.

¿Cómo adherirse a un SCRAP y cuáles son los costes asociados?

Para adherirse a un SCRAP, los productores deben seguir los siguientes pasos:

  1. Elegir un SCRAP autorizado y firmar un contrato de adhesión.
  2. Declarar los envases puestos en el mercado anualmente.
  3. Pagar la eco-contribución o tasa RAP, que cubre los costes de recogida, reciclaje y tratamiento.

Los costes asociados a la adhesión a un SCRAP varían dependiendo del SCRAP y de la cantidad y tipo de envases que se pongan en el mercado. Algunos SCRAP no tienen cuota de adhesión, como GENCI y Sunrepack, pero sí establecen contribuciones financieras por la gestión de los envases. Implica tiene una cuota de adhesión que varía según las toneladas de envases generadas. Sunrepack establece un mínimo anual de 256€ para garantizar el cumplimiento de las obligaciones legales.

Las contribuciones a los sistemas RAP se calculan no solo por peso o volumen, sino también por criterios como la reciclabilidad, reutilización o impacto ambiental del envase.

Preguntas frecuentes

  • ¿Qué debo hacer si un productor no tiene número de registro en el RPP? Debe instar al productor a inscribirse en el registro. Si el productor persiste en su incumplimiento, debe comunicarlo a las autoridades competentes.
  • ¿Cómo puedo informar a mis clientes sobre la gestión de residuos de envases en mi tienda online? Puede incluir una sección específica en su página web con información sobre los sistemas de recogida selectiva, los SCRAP y consejos para reducir el impacto ambiental de los envases.
  • ¿Qué tipo de envases están sujetos al SDDR? El artículo 47 del RD 1055/2022 establece que, en caso de incumplimiento de los objetivos de recogida separada de botellas de plástico de un solo uso, se deberá establecer un SDDR para botellas de plástico de aguas minerales y de manantial (hasta 3 litros), zumos, néctares, bebidas refrescantes, etc.
  • ¿Tengo que presentar una declaración anual de envases aunque sea una empresa pequeña? Sí. El Real Decreto 1055/2022 obliga a inscribirse en el Registro de Productores de Producto (RPP) en la sección de envases y a presentar la declaración anual de envases ante el MITERD a todas las empresas que introducen envases industriales o comerciales en el mercado español, con independencia de su tamaño.

Tabla resumen de obligaciones y responsabilidades

| Obligación/Responsabilidad

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