Marcado de envases: obligaciones según el artículo 9 del RD 1055/2022

El Real Decreto 1055/2022, de 27 de diciembre, regula la gestión de los envases y los residuos de envases en España, transponiendo la Directiva (UE) 2018/852. El artículo 9 de este real decreto se centra en el marcado e identificación de los envases, estableciendo obligaciones específicas para los productores y envasadores. Este marcado es crucial para asegurar la correcta gestión de los residuos de envases, facilitando su clasificación y reciclaje. A continuación, se analizará en detalle este artículo, su alcance jurídico y su aplicación práctica.

¿Qué establece el artículo 9 del RD 1055/2022 sobre el marcado de envases?

El artículo 9 del Real Decreto 1055/2022 establece la obligación de los agentes económicos de marcar los envases para identificar el material del que están hechos, facilitando así su correcta clasificación y posterior reciclaje. Este marcado debe cumplir con las normas armonizadas europeas, garantizando que la información sea clara, visible y fácilmente comprensible para los consumidores y los gestores de residuos.

En concreto, el artículo 9 indica que:

  • Los envases deben llevar una indicación del tipo de material de envase utilizado, de acuerdo con la Decisión 97/129/CE de la Comisión.
  • Esta indicación debe ser visible, claramente legible y duradera, incluso después de la apertura del envase.
  • Se permite el uso de códigos numéricos o abreviaturas para identificar el material, siempre que estén definidos en la normativa europea.
  • Los envases reutilizables deben estar marcados de forma que se distingan claramente de los envases no reutilizables. Además, deben incluir el símbolo asociado al [Sistema de Depósito, Devolución y Retorno (SDDR)].
  • Es obligatorio indicar en qué contenedor se debe depositar el envase.

ECOEMBES (Ecoembalajes España) ofrece el uso de los "Símbolos Recicla" para facilitar a las empresas el cumplimiento de esta normativa. Estos símbolos pueden adaptarse a las necesidades de cada tipo de envase, proporcionando una guía clara a los consumidores sobre cómo gestionar los residuos.

Ejemplos de aplicación del artículo 9 en diferentes tipos de envases

La aplicación del artículo 9 varía según el tipo de material del envase:

  • Plástico: Indicar el tipo de plástico (PET, HDPE, PVC, etc.) y el contenedor amarillo para su depósito.
  • Vidrio: Indicar el tipo de vidrio y el contenedor verde.
  • Cartón: Indicar el tipo de cartón y el contenedor azul.
  • Envases compuestos: Indicar el material predominante y el contenedor correspondiente, o proporcionar instrucciones claras para la separación de los materiales.

Excepciones al marcado de envases

El propio artículo 9 del RD 1055/2022 contempla algunas excepciones a la obligatoriedad del marcado de envases. Estas excepciones se aplican en los siguientes casos:

  • Envases de tamaño reducido en los que el marcado resulte desproporcionado o imposible.
  • Envases que ya estén identificados mediante otros sistemas de trazabilidad, siempre que estos sistemas cumplan con los objetivos de información al consumidor y facilitación del reciclaje.
  • Envases que, por sus características técnicas o funcionales, no permitan el marcado sin comprometer su integridad o seguridad.

Sistemas de trazabilidad alternativos al marcado

Existen sistemas de trazabilidad alternativos al marcado tradicional que pueden ser utilizados en ciertos casos. Estos sistemas, basados en tecnologías como códigos QR, RFID o blockchain, permiten rastrear el envase a lo largo de toda la cadena de valor, desde su producción hasta su gestión como residuo. Estos sistemas deben garantizar el acceso a la información relevante para los consumidores y los gestores de residuos.

Algunos ejemplos de estos sistemas y sus características son:

  • Códigos QR: Permiten acceder a información detallada sobre el envase a través de un smartphone. Son económicos y fáciles de implementar, pero requieren que el consumidor tenga un dispositivo móvil y conexión a internet.
  • RFID (Radio Frequency Identification): Utilizan etiquetas con microchips que emiten señales de radio para identificar y rastrear los envases. Son más costosos que los códigos QR, pero permiten una lectura más rápida y a distancia.
  • Blockchain: Permite crear un registro inmutable y descentralizado de todas las etapas del ciclo de vida del envase. Ofrece una alta transparencia y seguridad, pero su implementación puede ser compleja y costosa.

Alcance jurídico del artículo 9

El artículo 9 del RD 1055/2022 tiene un alcance jurídico amplio, ya que afecta a todos los agentes económicos que introducen envases en el mercado español, incluyendo:

  • Productores de envases: Fabricantes de envases primarios, secundarios y terciarios.
  • Envasadores: Empresas que utilizan los envases para comercializar sus productos.
  • Importadores: Empresas que introducen envases procedentes de otros países en el mercado español.
  • Distribuidores: Empresas que comercializan los productos envasados al consumidor final.

Es importante destacar que, además de los envases domésticos, el Real Decreto 1055/2022 también aplica a los envases comerciales e industriales. Para estos últimos, GENCI[1] (Gestión de Envases Comerciales e Industriales) se presenta como un SCRAP[2] de referencia multisectorial. Un SCRAP (Sistema Colectivo de Responsabilidad Ampliada del Productor) es una entidad que se encarga de gestionar los residuos de los productos que ponen en el mercado las empresas adheridas, asumiendo la responsabilidad financiera y organizativa de esta gestión.

El incumplimiento de las obligaciones establecidas en el artículo 9 puede acarrear sanciones económicas, de acuerdo con lo previsto en la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular. Las sanciones pueden variar en función de la gravedad de la infracción, el volumen de envases introducidos en el mercado y el grado de intencionalidad del infractor.

La Ley 7/2022, en su artículo 115, establece las siguientes sanciones:

  • Infracciones leves: Multas de 2.001 hasta 10.000 euros. Por ejemplo, no indicar correctamente el tipo de material del envase.
  • Infracciones graves: Multas de 10.001 hasta 100.000 euros. Por ejemplo, el uso de marcados que induzcan a error al consumidor.
  • Infracciones muy graves: Multas de 100.001 hasta 2.000.000 euros. Por ejemplo, la omisión sistemática del marcado obligatorio en un gran volumen de envases.
Tipo de Infracción Sanción (€) Ejemplo
Leve 2.001 - 10.000 No indicar correctamente el tipo de material del envase
Grave 10.001 - 100.000 Uso de marcados que induzcan a error al consumidor
Muy Grave 100.001 - 2.000.000 Omisión sistemática del marcado obligatorio en un gran volumen de envases

¿Qué es un SCRAP y qué residuos gestiona?

Un SCRAP (Sistema Colectivo de Responsabilidad Ampliada del Productor) es una entidad sin ánimo de lucro que se encarga de la gestión de los residuos generados por los productos que las empresas adheridas ponen en el mercado. Los SCRAP asumen la responsabilidad financiera y organizativa de la recogida, el tratamiento y la valorización de estos residuos, en cumplimiento del principio de "quien contamina paga".

Los SCRAP gestionan diferentes tipos de residuos, dependiendo de su ámbito de actuación:

  • Envases domésticos: Gestionados por ECOEMBES[3] (papel, cartón, plástico, metal) y ECOVIDRIO[4] (vidrio).
  • Envases comerciales e industriales: Gestionados por GENCI[5], Envalora[6] y Procircular[7].
  • Residuos específicos: Existen SCRAP especializados en la gestión de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (RAEE), pilas y baterías, neumáticos fuera de uso, aceites usados, etc..

Es importante que las empresas se adhieran al SCRAP que corresponda al tipo de envase que ponen en el mercado y al material de ese envase.

Preguntas frecuentes (FAQ) sobre el marcado de envases y el RD 1055/2022

A continuación, se responden algunas preguntas frecuentes sobre el marcado de envases y el Real Decreto 1055/2022:

¿Qué se debe hacer en caso de tener envases reutilizables?

Todos los envases reutilizables deben estar en el mercado a través de un SDDR, es decir, un sistema de depósito, devolución y retorno. Este deberá pertenecer a un SIRAP o un SCRAP. Los envases reutilizables que se encuentren en un SDDR deberán distinguirse convenientemente. Los símbolos deberán ser claros e inequívocos y no podrán inducir a error a los consumidores o usuarios acerca de su condición de reutilizable.

¿Qué es un envase según el Real Decreto 1055/22?

El RD 1055/2022, de 27 de diciembre, de envases y residuos de envases, considera como envase todo producto fabricado con materiales de cualquier naturaleza y que se utilice para contener, proteger, manipular, distribuir y presentar mercancías, desde materias primas hasta artículos acabados, en cualquier fase de la cadena de fabricación, distribución y consumo.

¿Cuáles son las principales obligaciones de los productores de producto?

Los productores de producto están obligados a cumplir con los requisitos de marcado y etiquetado establecidos en el artículo 13 del Real Decreto 1055/2022.

Fuentes

Referencias

  1. [1] GENCI — https://www.genci.es/
  2. [2] SCRAP — https://www.ecoembes.com/es/que-hacemos/sistemas-colectivos-de-responsabilidad-ampliada-scraps
  3. [3] ECOEMBES — https://www.ecoembes.com/
  4. [4] ECOVIDRIO — https://www.ecovidrio.es/
  5. [5] GENCI — https://www.genci.es/
  6. [6] Envalora — https://www.envalora.es/
  7. [7] Procircular — https://procircular.es/
  8. [8] Real Decreto 1055/2022, de 27 de diciembre, de envases y residuos de envases — https://www.boe.es/boe/dias/2022/12/28/pdfs/BOE-A-2022-22689.pdf
  9. [9] ECOEMBES — https://www.ecoembes.com/
  10. [10] GENCI — https://www.genci.es/
  11. [11] Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular — https://www.boe.es/boe/dias/2022/04/09/pdfs/BOE-A-2022-5832.pdf
  12. [12] Tipos de SCRAP que existen — https://www.ecoembes.com/es/empresas/blog/scrap-de-envases-que-son-como-funcionan-y-que-empresas-los-necesitan

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