Residuos de envases: obligaciones de marcado e información (artículo 13 RD 1055/2022)

El Real Decreto 1055/2022, de 27 de diciembre, regula la gestión de envases y residuos de envases en España, estableciendo un marco legal para prevenir y reducir su impacto ambiental a lo largo de todo su ciclo de vida. El artículo 13 de este real decreto detalla las obligaciones de marcado e información que deben cumplir los productores de productos envasados. Este análisis profundiza en el texto, el alcance jurídico y la aplicación práctica de dicho artículo, proporcionando una guía para el cumplimiento normativo. Las nuevas obligaciones de marcado previstas en el artículo 13 se aplican desde el 1 de enero de 2025.

¿Qué establece el artículo 13 del RD 1055/2022?

El artículo 13 del Real Decreto 1055/2022 establece obligaciones de marcado e información para los envases, dirigidas a los productores de producto. Estas obligaciones buscan asegurar que los envases sean correctamente gestionados al final de su vida útil, facilitando la información necesaria a los consumidores y gestores de residuos.

El artículo 13 del RD 1055/2022 exige que los marcados regulados figuren sobre el propio envase o en la etiqueta, de forma visible y fácilmente legible incluso después de abrir el envase. Estas obligaciones entraron en vigor el 1 de enero de 2025.

Menciones obligatorias

Para los envases domésticos, es obligatorio indicar la fracción o contenedor en el que deben depositarse. Esta información puede proporcionarse mediante un código QR en dos casos específicos:

  • Envases que ya dispusieran de código QR antes del 28 de diciembre de 2022.
  • Envases de productos con etiquetado en varios idiomas.

Para envases reutilizables, se debe informar de su reutilización e incluir el símbolo asociado al Sistema de Depósito, Devolución y Retorno (SDDR). Para envases compostables, se debe informar de su certificación según la norma UNE EN 13432:2001. Los envases domésticos o industriales deben incluir la mención "no abandonar en el entorno".

Menciones prohibidas

Desde el 29 de diciembre de 2022, está prohibido marcar los envases con las palabras "respetuoso con el medio ambiente" o cualquier otro equivalente que pueda inducir a su abandono en el entorno.

Alcance jurídico del artículo 13

El alcance jurídico del artículo 13 se enmarca dentro de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular. Esta ley, junto con el RD 1055/2022, transpone la normativa europea en materia de residuos y envases, estableciendo un régimen de Responsabilidad Ampliada del Productor (RAP). La ley entró en vigor el 10 de abril de 2022, con excepción de las medidas fiscales que entraron en vigor el 1 de enero de 2023.

La RAP implica que los productores son responsables de la financiación y organización de la gestión de los residuos de los envases que ponen en el mercado. Esto incluye la recogida separada, el transporte, el tratamiento y la información a los consumidores. El artículo 13 del RD 1055/2022 complementa este régimen al especificar las obligaciones de marcado e información que facilitan la correcta gestión de los residuos de envases.

Responsabilidad Ampliada del Productor (RAP)

La Responsabilidad Ampliada del Productor (RAP) es un principio fundamental de la legislación sobre residuos en España. Este principio obliga a los productores de productos a asumir la responsabilidad financiera y organizativa de la gestión de los residuos derivados de sus productos, en aplicación del principio de "quien contamina paga". En el contexto de los envases, la RAP se traduce en la obligación de los productores de financiar y gestionar la recogida, el reciclaje y la valorización de los envases que ponen en el mercado.

Para cumplir con la RAP, los productores pueden optar por adherirse a un Sistema Colectivo de Responsabilidad Ampliada del Productor (SCRAP) o establecer un Sistema Individual de Responsabilidad Ampliada del Productor (SIRAP).

Sistemas Colectivos de Responsabilidad Ampliada del Productor (SCRAP)

Un Sistema Colectivo de Responsabilidad Ampliada del Productor (SCRAP) es una organización autorizada que ayuda a las empresas a cumplir con su obligación legal de gestionar los residuos de los envases que ponen en el mercado. Los SCRAP se financian a través de las aportaciones de las empresas adheridas, que pagan una tarifa en función de la cantidad y el tipo de envases que comercializan.

En España, existen diferentes tipos de SCRAP que se clasifican según el tipo de envase que gestionan:

  • SCRAP domésticos: Gestionan los envases que llegan a los hogares, como botellas de vidrio, bricks y envases ligeros. Los principales SCRAP domésticos son Ecoembes y Ecovidrio.
  • SCRAP comerciales: Gestionan los envases generados en comercios, restaurantes, hoteles y oficinas. Algunos SCRAP comerciales son Ecoembes e Implica.
  • SCRAP industriales: Gestionan los envases utilizados en la industria. GENCI (Gestión de Envases Comerciales e Industriales) es un SCRAP de referencia multisectorial para envases comerciales e industriales.

Registro de Productores de Producto

El RD 1055/2022 obliga a los productores de producto a inscribirse en la sección de envases del Registro de Productores de Producto (RPP). Al inscribirse, se les asigna un número de registro que debe figurar en las facturas y en cualquier otra documentación que acompañe a las transacciones comerciales de productos envasados. El RPP es una herramienta del Ministerio de Transición Ecológica para recopilar información sobre los envases puestos en el mercado en España. La inscripción debe realizarse en el plazo de 3 meses desde la fecha de entrada en vigor del Real Decreto 1055/2022.

Aplicación práctica del artículo 13

La aplicación práctica del artículo 13 implica que los productores deben revisar y adaptar el etiquetado de sus envases para cumplir con las nuevas obligaciones. Esto incluye:

  1. Identificar el tipo de envase: Determinar si el envase es doméstico, comercial o industrial, y si es reutilizable, compostable o de un solo uso.
  2. Incluir la información obligatoria: Añadir la fracción o contenedor de destino para los envases domésticos, el símbolo de reutilización para los envases reutilizables, la certificación UNE EN 13432:2001 para los envases compostables y la mención "no abandonar en el entorno" para los envases domésticos o industriales.
  3. Evitar menciones prohibidas: Eliminar cualquier referencia que pueda inducir al abandono del envase en el entorno.
  4. Utilizar códigos QR: Considerar la posibilidad de utilizar códigos QR para proporcionar información adicional, especialmente en envases con etiquetado en varios idiomas.
  5. Inscribirse en el Registro de Productores de Producto (RPP): Obtener el número de registro y incluirlo en la documentación comercial.

Ejemplo práctico

Una empresa que produce zumo de naranja envasado en bricks debe:

  1. Indicar en el envase el contenedor en el que debe depositarse (contenedor amarillo para envases ligeros).
  2. Asegurarse de que no haya ninguna mención que pueda inducir al abandono del envase en el entorno.
  3. Si el brick es reutilizable, incluir el símbolo asociado al SDDR.
  4. Si el brick es compostable, informar de su certificación según la norma UNE EN 13432:2001.
  5. Inscribirse en el RPP y declarar los envases puestos en el mercado.

Consecuencias del incumplimiento

El incumplimiento de las obligaciones establecidas en el RD 1055/2022, incluyendo las del artículo 13, puede acarrear sanciones económicas. La Ley 7/2022 clasifica las infracciones en leves (multas de hasta 2.000 €), graves (entre 2.001 € y 100.000 €) y muy graves (entre 100.001 € y 3.500.000 €). No presentar la declaración anual de envases o no cumplir con la RAP se consideran infracciones graves.

Además de las sanciones económicas, el incumplimiento puede acarrear la suspensión de actividades, la revocación de licencias y un daño a la reputación de la empresa.

Tabla resumen de obligaciones y plazos

| Obligación | Plazo

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