Norma

Real Decreto 293/2018, de 18 de mayo, sobre reducción del consumo de bolsas de plástico

El Real Decreto 293/2018 tiene como objeto reducir el consumo de bolsas de plástico para prevenir y reducir los impactos adversos en el medio ambiente, especialmente en los ecosistemas acuáticos. Establece medidas como la prohibición de entrega gratuita y la obligatoriedad de contenido reciclado.

Resumen

El Real Decreto 293/2018, de 18 de mayo, tiene como objetivo principal reducir el consumo de bolsas de plástico en España, transponiendo la Directiva (UE) 2015/720 [2]. La norma busca mitigar los impactos negativos de los residuos de bolsas de plástico en el medio ambiente, especialmente en los ecosistemas acuáticos, y fomentar un uso más eficiente de los recursos.

Para lograr este objetivo, el real decreto establece una serie de medidas que incluyen la prohibición de la entrega gratuita de bolsas de plástico ligeras en los puntos de venta, el cobro obligatorio de las mismas, y la restricción de materiales no compostables. Además, se promueve el uso de bolsas de plástico compostables y se establecen obligaciones de información para los fabricantes.

El real decreto también crea el Registro de Productores de Productos, donde los fabricantes de bolsas de plástico deben inscribirse y proporcionar información sobre la cantidad de bolsas que ponen en el mercado. Esto permite un mejor seguimiento y evaluación del cumplimiento de los objetivos de reducción de consumo.

Alcance

El Real Decreto 293/2018 se aplica a todas las bolsas de plástico puestas en el mercado en el territorio del Estado español, así como a los residuos generados por dichas bolsas. Se incluyen las bolsas con o sin asa, hechas de plástico, proporcionadas a los consumidores en los puntos de venta de bienes o productos, incluyendo la venta online y la entrega a domicilio.

Se definen diferentes tipos de bolsas de plástico según su espesor y composición: bolsas de plástico ligeras (menos de 50 micras), bolsas de plástico muy ligeras (menos de 15 micras), bolsas de plástico fragmentables y bolsas de plástico compostables. Las medidas establecidas en el real decreto varían en función del tipo de bolsa.

Obligaciones

El Real Decreto 293/2018 establece las siguientes obligaciones:

  • Prohibición de entrega gratuita: A partir del 1 de julio de 2018, se prohíbe la entrega gratuita de bolsas de plástico ligeras en los puntos de venta, con excepción de las bolsas de plástico muy ligeras y las bolsas de plástico con espesor igual o superior a 50 micras con un porcentaje igual o mayor al 70% de plástico reciclado.
  • Cobro de bolsas de plástico: Los comerciantes deben cobrar una cantidad por cada bolsa de plástico que proporcionen al consumidor. El anexo I del real decreto establece precios orientativos.
  • Prohibición de bolsas fragmentables: A partir del 1 de enero de 2020, se prohíbe la entrega de bolsas de plástico fragmentables.
  • Contenido mínimo de plástico reciclado: A partir del 1 de enero de 2020, las bolsas de plástico de espesor igual o superior a 50 micras deben contener un porcentaje mínimo del 50 % de plástico reciclado.
  • Bolsas compostables: A partir del 1 de enero de 2021, solo se permite la entrega de bolsas de plástico ligeras y muy ligeras si son de plástico compostable.
  • Marcado de bolsas compostables: Las bolsas de plástico compostables deben ir marcadas conforme a la normativa comunitaria que se apruebe.
  • Inscripción en el Registro de Productores de Productos: Los fabricantes de bolsas de plástico deben inscribirse en la sección de fabricantes de bolsas de plástico del Registro de Productores de Productos.
  • Obligaciones de información: Los fabricantes de bolsas de plástico deben proporcionar información anual sobre las bolsas que han puesto en el mercado nacional.

Régimen sancionador

El incumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 293/2018 será sancionado de conformidad con lo establecido en la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados. Esta ley establece un régimen sancionador con infracciones leves, graves y muy graves, con multas que pueden oscilar desde los 901 hasta los 1.750.000 euros, dependiendo de la gravedad de la infracción.

Vigencia y aplicación

El Real Decreto 293/2018 entró en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», es decir, el 20 de mayo de 2018. No obstante, algunas de las medidas establecidas en el real decreto tienen fechas de aplicación diferentes:

  • 1 de julio de 2018: Prohibición de la entrega gratuita de bolsas de plástico ligeras.
  • 1 de enero de 2020: Prohibición de la entrega de bolsas de plástico fragmentables y obligación de contenido mínimo de plástico reciclado en bolsas de espesor igual o superior a 50 micras.
  • 1 de enero de 2021: Solo se permite la entrega de bolsas de plástico ligeras y muy ligeras si son de plástico compostable.

Texto oficial

El texto oficial del Real Decreto 293/2018, de 18 de mayo, sobre reducción del consumo de bolsas de plástico, está disponible en el Boletín Oficial del Estado (BOE) [1].

El real decreto se estructura en:

  • Capítulo I: Disposiciones generales (objeto, ámbito de aplicación y definiciones).
  • Capítulo II: Medidas, obligaciones y campañas para la reducción del consumo de bolsas de plástico.
  • Capítulo III: Registro de Productores de Productos.
  • Capítulo IV: Régimen sancionador.
  • Disposiciones adicionales, derogatoria y finales.
  • Anexos: Precios orientativos de las bolsas de plástico e información a suministrar al Registro de Productores de Productos.

Referencias

  1. BOEBOE, Real Decreto 293/2018, de 18 de mayo, sobre reducción del consumo de bolsas de plásticohttps://www.boe.es/eli/es/rd/2018/05/18/293
  2. EUR-LexDirectiva (UE) 2015/720 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2015, por la que se modifica la Directiva 94/62/CE en lo que se refiere a la reducción del consumo de bolsas de plástico ligerashttps://eur-lex.europa.eu/eli/dir/2015/720/oj
  3. BOELey 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminadoshttps://www.boe.es/eli/es/l/2011/07/28/22