Norma

Ley 11/1997, de 24 de abril, de Envases y Residuos de Envases

Norma fundamental que transpone la Directiva 94/62/CE, estableciendo el marco jurídico para la gestión de envases y residuos de envases en España, introduciendo los sistemas de depósito, devolución y retorno (SDDR) y los sistemas integrados de gestión (SIG).

Resumen

La Ley 11/1997 constituye el primer marco normativo integral en España para la gestión de envases y sus residuos, dando cumplimiento a la Directiva 94/62/CE. Su objetivo principal es prevenir y reducir el impacto ambiental de los envases a lo largo de su ciclo de vida, jerarquizando las opciones de gestión: prevención, reutilización, reciclado y valorización.

La norma introduce un modelo de responsabilidad compartida entre los agentes económicos (fabricantes, envasadores, distribuidores) y las Administraciones públicas. Para garantizar el cumplimiento de los objetivos de reciclado y valorización, la ley articula dos mecanismos principales: el sistema de depósito, devolución y retorno (SDDR) y los sistemas integrados de gestión (SIG).

Alcance

El ámbito de aplicación abarca todos los envases y residuos de envases puestos en el mercado y generados en el territorio español. Se incluyen los envases de venta (primarios), colectivos (secundarios) y de transporte (terciarios). La ley excluye disposiciones especiales sobre seguridad, salud, higiene, medicamentos y residuos peligrosos, y establece excepciones específicas para envases industriales o comerciales y ciertos envases reutilizables.

Obligaciones

La ley impone diversas obligaciones a los agentes económicos:

  • Responsabilidad de gestión: Obligación de cobrar una cantidad por envase y aceptar su devolución (SDDR) o participar en un sistema integrado de gestión (SIG).
  • Objetivos de reciclado: Cumplimiento de porcentajes mínimos y máximos de valorización y reciclado de materiales antes del 30 de junio de 2001.
  • Requisitos de fabricación: Limitación de niveles de metales pesados (plomo, cadmio, mercurio y cromo hexavalente) y minimización de peso y volumen.
  • Información: Obligación de suministrar datos a las Comunidades Autónomas para el seguimiento de los objetivos.
  • Marcado: Identificación obligatoria de los envases según el sistema de gestión al que pertenezcan.

Régimen sancionador

El régimen sancionador clasifica las infracciones en leves, graves y muy graves:

  • Muy graves: Multas de 10.000.001 a 100.000.000 de pesetas (ej. puesta en mercado sin sistema de gestión, incumplimiento de límites de metales pesados).
  • Graves: Multas de 1.000.001 a 10.000.000 de pesetas (ej. incumplimiento de requisitos de marcado o condiciones de seguridad).
  • Leves: Multas de hasta 1.000.000 de pesetas (ej. retrasos en la remisión de información). Se prevén sanciones accesorias como el decomiso de mercancías y la publicación de las sanciones impuestas.

Vigencia y aplicación

La ley entró en vigor el 26 de abril de 1997, al día siguiente de su publicación en el BOE. Las obligaciones del capítulo IV (SDDR y SIG) no fueron exigibles antes del 1 de enero de 1998. La norma ha sido sucedida por legislaciones posteriores en materia de residuos y envases.

Texto oficial

El texto completo de la norma puede consultarse en el portal oficial del Boletín Oficial del Estado a través del identificador ELI: [1]. La estructura se divide en siete capítulos, disposiciones adicionales, transitorias, derogatorias y finales, además de un anejo técnico sobre requisitos de fabricación.

Referencias

  1. BOEBOE, Ley 11/1997, de 24 de abril, de Envases y Residuos de Envaseshttps://www.boe.es/eli/es/l/1997/04/24/11
  2. EUR-LexEUR-Lex, Directiva 94/62/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de diciembre de 1994, relativa a los envases y residuos de envaseshttps://eur-lex.europa.eu/eli/dir/1994/62/oj
  3. BOEBOE, Real Decreto 1055/2022, de 27 de diciembre, sobre envases y residuos de envaseshttps://www.boe.es/eli/es/rd/2022/12/27/1055