Reglamento (UE) 2017/852 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de mayo de 2017, sobre el mercurio y por el que se deroga el Reglamento (CE) n.º 1102/2008
Normativa europea que establece medidas para la protección de la salud humana y el medio ambiente frente a las emisiones y liberaciones de mercurio y sus compuestos.
Resumen
El Reglamento (UE) 2017/852 constituye el marco jurídico principal de la Unión Europea para la gestión del mercurio a lo largo de todo su ciclo de vida. Su objetivo fundamental es dar cumplimiento al Convenio de Minamata sobre el Mercurio, asegurando un nivel elevado de protección de la salud humana y del medio ambiente frente a las emisiones antropogénicas y las liberaciones de mercurio y compuestos de mercurio [1].
La norma establece restricciones estrictas sobre la exportación, importación y fabricación de productos con mercurio añadido, así como sobre el uso de mercurio en procesos industriales y la gestión de residuos que contienen este metal pesado. Asimismo, regula el almacenamiento temporal y definitivo del mercurio metálico considerado residuo.
Alcance
El ámbito de aplicación abarca el mercurio metálico, los compuestos de mercurio y las mezclas de mercurio, así como los productos con mercurio añadido y los procesos de fabricación en los que se utiliza mercurio. Se aplica a todos los operadores económicos que realicen actividades de comercio, uso industrial o gestión de residuos que involucren estas sustancias dentro del territorio de la Unión Europea [1].
Obligaciones
Las obligaciones principales impuestas por el reglamento incluyen:
- Prohibición de la exportación de mercurio metálico y de determinados compuestos y mezclas de mercurio.
- Restricciones a la importación de mercurio metálico para usos no permitidos.
- Prohibición de la fabricación, importación y exportación de productos con mercurio añadido enumerados en el anexo II, salvo excepciones específicas.
- Obligaciones de almacenamiento seguro del mercurio metálico considerado residuo, debiendo ser depositado en instalaciones dedicadas exclusivamente a su almacenamiento temporal o definitivo.
- Requisitos para la gestión de residuos de mercurio, asegurando que no se produzca su liberación al medio ambiente.
Régimen sancionador
El Reglamento establece que los Estados miembros deben determinar el régimen de sanciones aplicables a las infracciones de las disposiciones del presente Reglamento. Dichas sanciones deben ser efectivas, proporcionadas y disuasorias, debiendo ser notificadas a la Comisión Europea por cada Estado miembro [1].
Vigencia y aplicación
El Reglamento entró en vigor el 13 de junio de 2017 y es aplicable desde el 1 de enero de 2018, con la excepción de algunas disposiciones específicas que contaban con calendarios de implementación diferenciados. La norma se aplica directamente en todos los Estados miembros sin necesidad de transposición nacional.
Texto oficial
El texto íntegro del Reglamento puede consultarse a través del portal EUR-Lex [1]. La estructura del articulado se divide en capítulos que abordan el comercio, los procesos de fabricación, los productos con mercurio añadido, la gestión de residuos y las disposiciones finales, complementados por anexos técnicos que detallan las sustancias y productos restringidos.
Referencias
- EUR-LexReglamento (UE) 2017/852 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de mayo de 2017, sobre el mercuriohttps://eur-lex.europa.eu/eli/reg/2017/852/oj
- EUR-LexConvenio de Minamata sobre el Mercuriohttps://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:22014A0924(01)
- EUR-LexReglamento (CE) n.º 1102/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de octubre de 2008https://eur-lex.europa.eu/eli/reg/2008/1102/oj