Norma

Reglamento (UE) 2017/852 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de mayo de 2017, sobre el mercurio y por el que se deroga el Reglamento (CE) n.º 1102/2008

El Reglamento (UE) 2017/852 establece medidas para la protección de la salud humana y el medio ambiente frente a las emisiones y liberaciones de mercurio y sus compuestos, alineando la normativa europea con el Convenio de Minamata.

Resumen

El Reglamento (UE) 2017/852 constituye el marco jurídico fundamental de la Unión Europea para la gestión integral del mercurio [1]. Su objetivo principal es garantizar un nivel elevado de protección de la salud humana y del medio ambiente mediante la restricción del uso, la exportación y la importación de mercurio, así como la regulación de su almacenamiento y gestión como residuo.

Esta norma permite a la Unión Europea cumplir con los compromisos internacionales derivados del Convenio de Minamata sobre el Mercurio. El reglamento aborda todo el ciclo de vida del metal, desde su extracción y comercio hasta su disposición final, estableciendo prohibiciones específicas para productos con mercurio añadido y procesos industriales que utilizan este elemento.

Alcance

El ámbito de aplicación del reglamento abarca a los operadores económicos, las autoridades competentes de los Estados miembros y cualquier entidad que maneje mercurio, compuestos de mercurio o mezclas de mercurio. Se aplica a la exportación, importación, almacenamiento y uso de mercurio en procesos industriales, así como a la gestión de los residuos que contienen este metal [1].

Obligaciones

Las obligaciones principales incluyen:

  • Prohibición de la exportación de mercurio y de determinados compuestos y mezclas de mercurio.
  • Restricciones estrictas a la importación de mercurio para usos no permitidos.
  • Prohibición de la fabricación, importación y exportación de productos con mercurio añadido, conforme a los plazos establecidos en el anexo II.
  • Obligaciones de almacenamiento temporal de mercurio metálico como residuo, garantizando condiciones de seguridad y trazabilidad.
  • Requisitos específicos para la gestión de residuos de mercurio, prohibiendo su eliminación en vertederos sin un tratamiento previo de solidificación o estabilización.

Régimen sancionador

El reglamento establece que los Estados miembros deben determinar el régimen de sanciones aplicables a las infracciones de las disposiciones del presente reglamento. Dichas sanciones deben ser efectivas, proporcionadas y disuasorias, debiendo ser notificadas a la Comisión Europea por cada Estado miembro.

Vigencia y aplicación

El reglamento entró en vigor el 13 de junio de 2017, veinte días después de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. La aplicación de sus disposiciones ha sido progresiva, con fechas específicas para la prohibición de productos con mercurio añadido y la entrada en vigor de restricciones industriales adicionales.

Texto oficial

El texto íntegro del reglamento puede consultarse en el portal EUR-Lex [1]. La estructura del documento se divide en capítulos que cubren desde el comercio y la exportación hasta la gestión de residuos y las disposiciones finales, complementado por anexos técnicos que detallan las sustancias y productos restringidos.

Referencias

  1. EUR-LexReglamento (UE) 2017/852 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de mayo de 2017https://eur-lex.europa.eu/eli/reg/2017/852/oj
  2. EUR-LexConvenio de Minamata sobre el Mercuriohttps://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:22014A0924(01)
  3. EUR-LexReglamento (UE) 2022/2388 por el que se modifica el Reglamento (UE) 2017/852https://eur-lex.europa.eu/eli/reg/2022/2388/oj